Los ministros consideraron que “queda claro que la validez de la desinversión forzada no es materia sometida a la decisión de esta Corte Suprema, sino el plazo de un año para cumplirla”. Los jueces aclararon que este caso es particular y no suspende la aplicación total de la nueva norma, como sucedía con otra cautelar solicitada por el diputado mendocino Enrique Thomas y que el máximo tribunal ordenó desestimar. Por esta razón, no aceptaron el “recurso extraordinario” presentado por el procurador del Tesoro, Joaquín Da Rocha, que invocaba la “gravedad institucional” para recurrir a la Corte ante el riesgo de que los efectos de la medida sean “irreparables” para el Estado. Los jueces argumentaron que es jurisprudencia de la Corte Suprema no dictar una sentencia ante una resolución de tribunales inferiores que no pueda considerarse como “definitiva”.
Si bien el fallo no establece qué es un “plazo razonable”, voceros del tribunal entendieron, en una primera aproximación, que no serán menos de dos años.
El fallo salió por unanimidad; nadie votó a favor de dejar sin efecto la medida cautelar que en dos instancias de la justicia en lo Civil y Comercial Federal suspendió la aplicación del artículo 161 de la ley para Clarín. Esa solidez se vio robustecida, además, por los votos de Carmen Argibay y Enrique Petracchi, quienes resumieron su opinión en dos líneas: “El recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”, y la Corte no tiene por qué entender en el expediente.
Los otros cinco jueces resolvieron justificar su voto. Si bien coincidieron en que la Corte no puede intervenir porque no hay sentencia, recomendaron (mediante lo que técnicamente se llama “obiter”, una sugerencia que no forma parte de las disposiciones del fallo) que la medida cautelar no puede durar eternamente. El fallo advierte que “la índole provisoria que regularmente revisten las medidas cautelares” podría “desnaturalizase por su desmesurada extensión temporal y esa circunstancia resultar frustratoria del derecho federal en detrimento de una de las partes y en beneficio de otra”. Dicho de otro modo: una acción de amparo de este tipo podría durar varios años, durante los cuales estaría vigente la medida cautelar. Ello, según resolvió la Corte, no debe ser así.
El fallo firmado ayer implica que la Ley de Medios estará vigente para todos, menos en un artículo para el Grupo Clarín, “hasta el próximo gobierno”, según fuentes judiciales; pero tal vez antes, según portavoces oficiales.
El borrador del voto fue redactado “hace dos meses” por el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, revelaron fuentes del máximo tribunal. Y nunca hubo disidencias, de modo que las versiones que indicaban que Raúl Zaffaroni votaría en sentido contrario a sus pares “no fueron ciertas”.
El fallo reivindica que la Ley 26.522 “está vigente”, desde que los jueces dejaron sin efecto una medida cautelar dictada por la justicia mendocina, a instancias de un legislador, que había suspendido la totalidad de la aplicación de la norma. Eso nunca estuvo en discusión en este caso. “La presente medida cautelar, cuyos alcances se encuentran limitados al actor, no afecta de ningún modo la aplicación general de la ley”, dice la decisión del tribunal. Pero la batalla de fondo consistía en determinar si el Grupo Clarín conservaba todas sus señales o, como lo establece la norma, debía desprenderse de una cantidad tal que quedara adecuado a lo establecido por el artículo 45 de la ley.
Tiempo Argentino consultó si un “mejor recurso del Estado” hubiera podido modificar el resultado del fallo conocido ayer. La respuesta fue afirmativa, aunque no contundente.
El expediente volverá ahora al juez Edmundo Carbone, quien dictó la cautelar que frenó la cláusula de desinversión. Carbone renunció a fines del año pasado, pero seguirá en el cargo hasta tanto haya un remplazante definitivo. El concurso se abrirá (es decir, dará sus primeros pasos) en poco menos de dos semanas. El promedio de demora en designar a un nuevo juez es de entre dos y tres años.
Fuente: Tiempo Argentino