La Convención trata mañana los despachos de Régimen de Trabajo y de Unión Civil

El cronograma de actividades de la Convención, que ya lleva sancionados un centenar de proyectos, prevé la realización de dos nuevos plenario para la semana entrante. Uno, el martes 9, donde se trabajará el despacho de Educación Común y otro, el viernes 12. Estas sesiones serán a partir de las 9.
El plenario debatirá entonces tres despachos. El referido a la Libre Circulación que establece que «Conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, toda persona tiene derecho a entrar, permanecer, transitar y salir del territorio provincial, llevando consigo o despachando sus bienes o mercaderías».
Y, el que promueve la Unión Civil, cuya redacción, expresa que «El Estado reconoce el derecho a unirse libremente a las personas capaces, mayores de edad, que acrediten convivencia en pareja de un año, con domicilio legal en Entre Ríos, salvo que entre ellos haya descendencia en común. La inscripción de dichas uniones será formalizada en el Registro que se habilitará a tal efecto. Los otorgantes tendrán recíprocamente los beneficios de la seguridad y la previsión social en las mismas condiciones que los cónyuges»
Con al artículo 42, referido al Trabajo, se sustituirán los incisos a, b, c y h, y se ampliará el inciso d. En razón de ello, el artículo 42 quedará redactado de la siguiente manera:
«El trabajo es un derecho que el Estado protege, garantiza y tutela. Promueve el empleo y el trabajo decente, en igualdad de condiciones para todos, reivindicando su competencia en materia de policía de trabajo.
El Estado vigilará y controlará el efectivo cumplimiento de la legislación laboral y de las disposiciones convencionales y sancionará su incumplimiento. Garantizará y promoverá las acciones tendientes a la erradicación del trabajo no registrado y hará cumplir la legislación sobre trabajo infantil.
Deberá generar mecanismos de acceso y acercamiento entre las ofertas y demandas de puestos de trabajo.
Reglamentará por leyes especiales, dentro de su competencia, las condiciones de trabajo de empleados públicos provinciales y municipales.

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