Con respecto al decreto N° 311/2020 del gobierno nacional que impide realizar cortes de servicio por falta de pago, se recuerda que la Cooperativa Eléctrica ya había tomado esa definición y no se están realizando los mismos.
Por otra parte, es importante reiterar que el DNU de referencia requiere de la adhesión del Gobierno de la Provincia y su posterior reglamentación, razón por la cual dicho decreto aún no está operativo.
De igual manera, es obligación de la distribuidora recordar a los asociados que se debe tener en cuenta que la norma en cuestión determina algunas categorías de usuarios con relación al corte del servicio por falta de pago, pero no implementa la suspensión de la deuda. Por lo cual sugerimos evitar su acumulación. Durante el transcurso de la jornada de hoy informarán sobre los canales de pago posibles para las cancelaciones.