La Cámara Penal de Paraná “ordena» a Urribarri «completar el proceso de designación” en el Concurso Nº 79 del Consejo de la Magistratura

EL FALLO
La Constitución Provincial, en sus artículos 180, 181 y 182, y Ley del Consejo de la Magistratura, Nº 9996, describen el sistema para la selección y designación de Jueces. El CMER, como organismo técnico, transparenta el proceso de elección, midiendo la idoneidad de los aspirantes y calificando sus méritos, conformando una terna vinculante con los más probos o capaces, limitándole al titular del Poder Ejecutivo la elección del candidato al momento de enviar un pliego al Senado.

El Concurso del que participó Moia se llevó a cabo en el año 2009, como parte del proceso constitucional para cubrir la vacante de un cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 9 de Paraná, con competencia en Concursos y Quiebras. Los datos del concurso Nº 79 pueden consultarse en la página web del CMER (www.entrerios.gov.ar/magistratura).

La Sala Primera, en los Considerandos de su Resolución, recorre las diferentes etapas del proceso del concurso en cuestión y señala la arbitrariedad puesta de manifiesto en la decisión del Gobernador de declararlo “desierto”.

La resolución hace lugar a la Acción de Amparo promovida por Moia contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, y en consecuencia ordena al Gobernador a completar el proceso de designación en curso, remitiendo al Senado el pliego de alguno de los candidatos oportunamente temados.

LO QUE AFIRMAN ALTAS FUENTES JUDICIALES
En tanto y para conocer más de la situación, DIARIOJUNIO consultó a altas fuentes judiciales vinculadas a la especialidad (quiebras) y aseguraron que, el problema fundamental es que en ese concurso no existió una terna, solo se presentaron dos concursantes, el mencionado Moia y Keller y que, la diferencia de puntaje (siempre según la misma fuente) no fue tan importante como para que el gobernador, si tuviese problemas, podría haber nombrado a la segunda.

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