En la primera audiencia, las defensas de los represores Pascual Oscar Guerrieri, Juan Daniel Amelong, Walter Salvador Dionisio Pagano, Jorge Alberto Fariña y Marino Héctor González, quienes integraban el Destacamento de Inteligencia 121; y del jefe de Terapia Intensiva del hospital, Juan Antonio Zaccaría; pidieron ante el Tribunal la unificación de las querellas.
La Fiscalía y los querellantes –Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Abuelas de Plaza de Mayo, Sabrina Gullino, Sebastián Álvarez y la agrupación Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio (HIJOS)– rechazaron esa moción argumentando que era un pedido fuera de término y que existen multiplicidad de intereses entre las querellas.
Tras un breve cuarto intermedio el Tribunal –que integran Roberto López Arango, Lilia Carnero y Juan Carlos Vallejos– resolvió denegar el pedido por considerar que “los defensores no han planteado cuál es el perjuicio concreto”. En tanto se agregó que “el planteo se debió realizar oportunamente, ya que resulta extemporáneo”. De todas maneras, por una cuestión de orden y de «igualdad de armas», se resolvió que actúen sólo dos representantes por cada parte querellante.
Ante esto la Defensa dejó planteada la reserva de recurrir en casación, del caso federal, y de recurrir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Luego se comenzó con la lectura de la Requisitoria de elevación a juicio de la Fiscalía, que describió los hechos desde la internación de la hoy desaparecida Raquel Negro en el Hospital Militar de Paraná, el parto, el alojamiento de los bebés mellizos en terapia intensiva, su traslado al Instituto Privado de Pediatría y el posterior abandono de la niña en la puerta del Hogar del Huérfano de Rosario, desde donde fue otorgada en adopción; y se destacó también que “no existen datos del paradero del otro mellizo”.
Asimismo en el escrito los fiscales remarcaron la intervención de cada imputado en los delitos investigados dejando en claro que, tanto el traslado como el parto clandestino de Negro, fue planeado por los imputados. En ese sentido señalaron que éstos “integraban una patota que ideó el plan para la sustracción de los bebés y la sustitución de sus identidades”.
En este marco, adjudicaron a Zaccaría, «haber prestado colaboración y participación directa en los hechos», ya que ordenó anotar a los bebés como NN y no como hijos de la detenida Raquel Negro.
Por otra parte, a todos los imputados –que se encontraban en su totalidad en la sala– se los acusó de autoría mediata de los delitos indicados.
Mientras tanto, el defensor oficial Mario Franchi transmitió la queja de cuatro de sus representados, Pagano, Amelong, González y Fariña, quienes aseguran que no poseen ideales condiciones de detención en la Unidad Penal Nº 1. Los otros dos imputados poseen prisión domiciliaria.
Franchi dijo que «no poseen calefacción» y que son hombres de avanzada edad. Ante esto pidió que sean alojados en dependencias de fuerzas federales o bien que se mejores las condiciones de detención. El Tribunal rechazó el primer pedido y se comprometió a verificar cómo se encuentran en la cárcel, a fin de solucionar las deficiencias, si las hubiera.