El informe además y por si faltara, afirma que Mizawak desconoce la arquitectura constitucional del proceso de juicio político, “que de modo alguno puede equipararse al de un proceso judicial penal al estilo de los que han pasado por su despacho en el desempeño de su cargo”.
ACUSACIONES
A la titular del cuerpo se le atribuye la realización de una excesiva cantidad de viajes y las consecuentes ausencias o abandonos reiterados de la jurisdicción.
Como afirmó su colega y Vocal Chiara Díaz, “ella es la reina de los viajes”, la comisión tiene “demostradas, de manera elocuente, las reiteradas y excesivas ausencias” Mizawak.
La comisión a su vez acusa que “en los informes y planillas remitidos por el Superior Tribunal de Justicia con relación a este tópico de percepción de viáticos por Mizawak “ha sido incompleta, insuficiente y parcial, dado que hemos constatado que no se han consignado viáticos efectivamente percibidos”. En ese texto apunta contra Salduna Vicepresidente del cuerpo.
La Comisión asegura además que “no puede dejarse de señalar, que en el análisis de los días de viáticos liquidados se ha advertido ciertas irregularidades en su percepción”. Es que, Mizawak aparecía en varios lugares a la vez. En concreto, cobraba viáticos por estar en Corrientes y hay pruebas que estaba en Paraná.
Sobre esta situación los diputados afirman “estos hechos no hacen más que revelar una situación de absoluta falta de control, tanto sobre sus actos propios en tanto Presidente del STJ, como de los restantes Vocales. Situación esta que, como se expondrá, deriva de una responsabilidad directa de la Dra. Mizawak, en virtud de su condición de máxima autoridad del STJ en ejercicio de la Superintendencia”.
SE RESUELVE:
1°) Promover el procedimiento de juicio político a la doctora CLAUDIA MÓNICA MIZAWAK, Vocal y Presidenta del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE ENTRE RÍOS, por haber incurrido en las causales de mal desempeño en sus funciones y mala conducta (conforme los artículos 138° y 189º de la Constitución de Entre Ríos).
2°) Suspender a la doctora CLAUDIA MÓNICA MIZAWAK, en los términos y con los alcances del artículo 145 de la Constitución Provincial.
3°) Acusar a la doctora CLAUDIA MÓNICA MIZAWAK, Juez y Presidenta del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE ENTRE RÍOS (conforme los artículos 144 y 146 de la Constitución de Entre Ríos) sobre la base de las consideraciones efectuadas precedentemente.
4°) Notificar al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos y a la doctora CLAUDIA MÓNICA MIZAWAK, Juez y Presidenta del SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE ENTRE RÍOS, a los efectos previstos por el Art. 145 de la Constitución Provincial.
NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y REMITASE A LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE ENTRE RIOS.