martes 23 de diciembre de 2025

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Iosper no permitirá el cobro de ningún plus

En ese marco, el presidente del Directorio Obrero de Iosper detalló que quien quiera cargar con sus costos a los pacientes “incumplirá con las normas contractuales”, por lo que adelantó que las notas que se reciban en la institución por parte de algunos profesionales “serán utilizadas como elemento  de pruebas por incumplimiento de la Ley 10439, conocida como  Antiplus”.

 En ese sentido, recordó que la norma prohíbe en el territorio entrerriano el cobro de plus a toda persona física o jurídica como retribución por los servicios prestados por los profesionales del arte de curar y las ramas anexas.

 Precisamente, se considera “plus” a toda suma dineraria o retribución complementaria cobrada, exigida o recibida indebidamente de los beneficiarios de las obras sociales, que excedan los importes de los aranceles convenidos entre las entidades y los profesionales médicos u organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución por sus servicios.

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