Ingresos Brutos: La ATER prorrogó el plazo de inscripción de productores agropecuarios

El organismo recordó que en caso de incumplimiento del deber de inscripción o alta de la actividad en el plazo previsto, \»los contribuyentes serán pasibles de la aplicación de la multa por incumplimiento de deberes formales\», ya que mediante la Resolución 372 de ATER se dispone la \»obligatoriedad del deber de inscripción y presentación de declaraciones juradas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes del sector agropecuario\».

De tal modo \»los contribuyentes que por aplicación del Artículo 5º de la presente no superen el importe mínimo exento establecido en el Artículo 10º de la Ley Impositiva 9.622, sustituido el Artículo 14º de la Ley 10.270\», o sea, que su facturación no supere los cuatro millones de pesos”, gozarán de la prórroga para cumplimentar sus deberes formales.

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