De esa manera quedó sancionada la Ordenanza Nº 311 que prevé la conformación y organización, dentro de la administración pública municipal, como ente descentralizado del gobierno comunal y sin autarquía, de una empresa pública municipal constructora de obra y prestadora de servicios públicos, la que funcionará bajo la órbita del Ejecutivo, interrelacionada con la Dirección de Obras y Servicios Públicos.
En su artículo segundo la Ordenanza aprobada indica que dicha empresa operará en las actividades industrial, comercial, de construcción de obras y/o explotación de servicios públicos, buscando obtener rentabilidad económica y social que resulte de interés general para la comunidad.
El artículo cuarto precisa que esta empresa funcionará bajo dependencia directa del Ejecutivo, con la supervisión de la Secretaría de Hacienda y apunta que sus órganos de contralor y verificación serán el Tribunal de Cuentas de la provincia, el contador municipal y el funcionario municipal de planta permanente afectado a la Sección Rentas y recursos que el Ejecutivo designe y el concejo representado por el presidente y un miembro de cada bloque.
En otro orden se consignó un capital de 100 mil pesos para la puesta en funcionamiento de la empresa.