Industriales advierten sobre los efectos perniciosos de la fuerte presión fiscal proyectada por De la Sota para 2015

"Esto agudiza la pérdida de competitividad del sector manufacturero en tiempos donde la actividad económica e industrial acumula varios meses de caídas consecutivas. Seguimos bregando por una alícuota cero en Ingresos Brutos para la actividad industrial o, en su defecto, la elevación de los mínimos no imponibles a valores equivalentes a los que tienen provincias similares", expresó el dirigente.

La UIC insistió en el mismo sentido: "en momentos en que Córdoba y el país necesitan potenciar su competitividad, los incrementos impositivos previstos para 2015 serán fuertemente perjudiciales no sólo para el sector, sino también para la actividad en general".

Finalmente, Sibilla expresó que urge "simplificar el esquema tributario, disminuir el gasto público creciente, concentrar el esfuerzo sobre la evasión y apostar a los que invierten, producen, generan empleo y agregan valor".

Ayer, en términos similares, el titular de la Federación Cordobesa de Transportistas de Cargas (Fecotac), Eduardo Marclé, había afirmado que la gente tiene que "resistir" el pago de la Tasa Vial, tributo que grava los combustibles en la provincia desde 2012 y para el cual está previsto, para 2015, un incremento de hasta el 67%.

"Si esta medida tomada es favorable para Córdoba, me pregunto por qué los transportistas se inclinan a cargar combustible en otras provincias", dijo Marclé, que añadió: "hay que buscar medidas para que no nos metan más la mano en el bolsillo".

A su turno, Pablo Bornoni, presidente de la Federación de Expendedores de Combustible y Afines del Centro de la República (Fecac), expresó: "es un grave problema. Lo tomamos con mucha preocupación porque nos saca fuera del mercado (de venta de naftas) respecto a otras provincias, como Santa Fe, Mendoza, San Luis o La Pampa, que no cobran Tasa Vial".

La Ley 10081, sancionada en 2012 y sobre la cual pesan numerosos planteos de inconstitucionalidad que aún no fueron resueltos por la Justicia cordobesa, establece una alícuota diferencial que grava el consumo de combustibles.

La ley fija que los expendedores de combustible son los responsables de liquidar e ingresar el importe recaudado, al tiempo que especifica que el incumplimiento del pago devenga intereses y sanciones previstos en el Código Tributario.

La norma, que entró en vigencia con el fin de conformar un fondo para el desarrollo de obras viales, faculta al Poder Ejecutivo a modificar trimestralmente el monto de la tasa, motivo por el cual, para el presupuesto 2015, está prevista una suba de hasta el 67% para este tributo.

  

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