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Imputan a Ocaña por defraudación al estado

La denuncia que dio origen a este expediente la formuló la propia fiscal Ochoa al extraer parte del testimonio de otro ex titular del PAMI, Luciano Di Cesare, de la causa en la que fue procesado por el mismo delito, pero por una suma superior al millón de pesos.

Durante su declaración indagatoria, Di Césare había argumentado que todo -en relación a la liquidación de sus vacaciones no gozadas- se hizo según "usos y costumbres" del PAMI, y citó al caso de Ocaña como ejemplo.

"Resulta objeto de investigación en autos el presunto cobro fraudulento de 51.381 pesos en concepto de liquidación de vacaciones no gozadas que María Graciela Ocaña, en su carácter de titular del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, solicitara y le fuera liquidado en perjuicio del Estado Nacional", sostuvo Ochoa.

La fiscal Ochoa es la misma que intervino como representante del Ministerio Público en la causa en la que fue procesado Di Cesare por defraudación a las arcas públicas "a través de la liquidación ilegítima de vacaciones no gozadas" por los días trabajados entre 2004 y 2012 por 1.300.862 pesos.

El año pasado, el juez federal Ariel Lijo determinó que Di Cesare cometió el delito de "administración fraudulenta" en perjuicio del Estado nacional por más de un millón de pesos, al hacerse liquidar vacaciones no gozadas en el organismo sin tener derecho a su percepción.

La denuncia contra el ex titular del PAMI fue realizada por su sucesor en el cargo, Carlos Regazzoni, quien en el comienzo de su gestión encontró el recibo de la liquidación de vacaciones no gozadas en favor de Di Cesare, trámite que se había iniciado y finalizado el 9 de diciembre de 2015, un día antes de que dejara el cargo.

En ese fallo, el juez diferenció el caso de Di Cesare del de Ocaña cuya gestión en el PAMI había finalizado el 10 de diciembre de 2007 y la liquidación de sus haberes -incluidas sus vacaciones no gozadas- había ocurrido el 19 de diciembre de ese año, ya con la nueva gestión.

"El de María Graciela Ocaña fue iniciado directamente por el Departamento de Liquidación, entre su renuncia y la liquidación transcurrieron nueve días, el proceso se extendió por cinco y el pago se efectivizó después de que dejara el cargo", había señalado Lijo.

"El de Di Cesare, en cambio, se inició por su requerimiento explícito, intervino intencionalmente la Gerencia de Recursos Humanos y no el Departamento de Liquidación, el proceso se inició antes de su renuncia y se llevó a cabo en un solo día -antes de su renuncia- y el pago se efectivizó el último día en que permaneció en el cargo", había remarcado el juez.

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