La defensa de Justo José Ilarraz apeló la resolución por la cual se rechaza la prescripción de la causa que tiene al sacerdote como imputado por abuso de menores en tiempos en que se desempeñaba en el Seminario de Paraná; y ahora será la nueva Cámara de Casación Penal la encargada de dirimir la cuestión.
El 11 de junio la Sala I de la Cámara del Crimen rechazó por mayoría el planteo de prescripción impulsado por los abogados del cura y ordenó continuar con las investigaciones que se tramitan en el Juzgado de Instrucción Nº 3, ahora a cargo de Paola Firpo, tras el ascenso de Alejandro Grippo a camarista.
Los abogados Juan Ángel Fornerón y Jorge Muñoz, defensores de Ilarraz, insistieron en que la causa está prescripta y repitieron los argumentos que vienen exponiendo desde el inicio de la investigación. En ese sentido, señalaron que el delito de promoción de la corrupción agravada que se imputa al sacerdote tiene una pena máxima de 15 años de prisión, y que los hechos denunciados habrían ocurrido entre 1988 y 1992, por lo que la acción penal estaría prescripta desde antes del inicio de la investigación.
En esa línea, los defensores destacaron el voto en disidencia del juez Ricardo Bonazzola, que avaló el pedido de prescripción, por considerar que los hechos imputados a Ilarraz “no constituirían crímenes de lesa humanidad, ni ninguna otra de las categorías de delitos imprescriptibles que ha adoptado el Estado argentino al aprobar distintos tratados internacionales de protección de los derechos humanos”.
Además, rebatieron el planteo efectuado por los querellantes respecto de que los hechos ocurridos en el Seminario de Paraná constituyen una grave violación de los derechos humanos. A ese respecto, insistieron en que si así fuera, el juez Grippo debió declararse incompetente y remitir las actuaciones a la Justicia Federal.
Denuncia
El cura Ilarraz está acusado por delitos contra la integridad sexual, que habrían ocurrido entre 1988 y 1992 en el Seminario Menor de Paraná, cuando se desempeñaba como prefecto de disciplina y guía espiritual de menores de entre 12 y 15 años de edad, según la denuncia que presentaron siete niños, hoy adultos, ante la Justicia.
El caso fue expuesto en septiembre de 2012 por una publicacion periodistica y derivó en una investigación promovida de oficio por el procurador general de la provincia, Jorge García, luego ratificada por siete víctimas que prestaron declaración ante el juez.
Ilarraz asumió como prefecto de disciplina del Seminario Menor de Paraná en 1985. Estaba a cargo de unos cien niños que en, su mayoría, rondaban los 12 años. El cura en ese entonces tenía 30 años, conocía los orígenes de todos los chicos y cómo eran sus familias. La mayoría provenía de pequeñas comunidades rurales cercanas a Paraná. Algunos de ellos contaron cómo eran los abusos a que eran sometidos.
En 1993, una de las víctimas comenzó a relatar a sacerdotes lo que le había pasado y dos años después, en 1995, la Iglesia ordenó una “investigación cautelosa” sobre los hechos. Los resultados de la investigación fueron sigilosamente ocultados y en diciembre de 1996 Ilarraz fue sancionado: se le prohibió “venir y permanecer en el territorio de la Arquidiócesis de Paraná, así como tener comunicación de cualquier tipo con los seminaristas”.
El Vicariato de Roma intervino y recomendó enviarlo a otra diócesis para que pudiera seguir siendo cura. Entonces Ilarraz recayó en la provincia de Tucumán.
Desde que el caso salió a la luz, la estrategia de los defensores de Ilarraz fue sostener la prescripción de la causa.
El próximo paso
Los abogados de Ilarraz apelaron el fallo que rechaza la prescripción de la causa y el 24 de junio pasado la Sala I de la Cámara del Crimen, integrada por Ricardo Bonazzola, Marcela Badano y Elvio Garzón, les concedió el recurso, por lo que ahora será la Cámara de Casación Penal la encargada de resolver sobre el asunto.
El tribunal comenzó a funcionar el 18 de junio pasado, con la integración de Hugo Perotti, Rubén Chaia y Marcela Davite, pero esta última debería excusarse puesto que ya intervino en la etapa anterior de este proceso.
La flamante Cámara de Casación Penal es la encargada de revisar todas las sentencias dictadas de los tribunales de juicio y se avocará también a la revisión de todas las impugnaciones extraordinarias que hasta ahora realizaba la Sala Penal del STJ.