Hostal: Bordet y Bechara fueron advertidos por carta de que incumplen los deberes de funcionario público

En la carta se señala que la ordenanza de espectáculos públicos (reformada el jueves pasado) se prohíben las autorizaciones provisorias. Eso no impidió que surja una resolución (N° 7040 del 21 de julio de 2006) del Ejecutivo donde extiende una autorización de carácter precario al concesionario Gustavo Porchetto para funcionar por 90 días. En la resolución se argumentaba la existencia de un informe “inexistente por cierto” donde el inspector de Bomberos Zapadores Jorge Bonnet manifestaba que podía autorizarse la actividad con la presencia de tres efectivos y un autobomba.
“Dicha flagrante violación a la expresa prohibición legal” se repitió el 24 de noviembre de 2006 ampliándose por 60 días. En la nota se señala que el Concejo Deliberante “en todo momento denunció la falta de factibilidad que obligaban a la inmediata rescisión del contrato; irregularidades que subsisten a la fecha como falta de seguro contra incendios, pago canon, obras comprometidas, etc.”.
En la nota se señaló que “no caben dudas” de que la intendencia anterior “estuvo motivado por intereses particulares de algunos funcionarios que nada tenían que ver con los intereses de la comuna”. Por lo tanto, se enfatiza que “aquellos individuos violaron los deberes que le imponía su condición de funcionarios públicos”. Pero recalca que el local en cuestión “sigue funcionando en las mismas condiciones de precariedad que entonces frente a la pasividad de la administración municipal que en complicidad permite tamaña ilegalidad”.
En consecuencia, se señala que las autoridades municipales actuales se encuentran “por omisión” incumpliendo sus deberes como funcionarios públicos, y los autores de la nota encuadran la conducta del intendente y su funcionario en el art. 248° del Código Penal. “Usted Bordet tiene la obligación de arbitrar todos los medios para impedir que ello siga ocurriendo; que el concesionario Hostal continúe violando cuanta norma encuentre en el camino sobretodo en lo que a seguridad refiere porque de ocurrir una desgracia, su omisión ya no sería atacable por violación a los deberes… sino el de homicidio simple por dolo eventual”.
Por último, los firmantes de la carta documento expresaron que “como funcionario público que cumple de manera irregular las obligaciones a su cargo debe responder por los daños y perjuicios en forma personal y con su patrimonio”. Y añaden que “no es justo que toda la sociedad esté obligada a soportar las acciones antijurídicas de sus funcionarios, de individuos que en lugar de obrar con sujeción a la ley, se montan en el poder y no sólo desnaturalizan la verdadera esencia de la función pública sino que, a partir del irregular ejercicio de sus derechos, generan gravísimos perjuicios a los miembros de la comunidad”.

Recambio del techo

El lunes de esta semana, DIARIOJUNIO informó que en la reunión del Concejo en comisión efectuada ese día, los ediles analizaron un precontrato acordado entre el municipio y el concesionario del Hostal donde se establece que el particular se hará cargo del recambio del techo a cambio de no abonar el canon por la explotación del boliche. Los concejales estarían de acuerdo en ratificar el acuerdo debido a que la obra es responsabilidad del Ejecutivo porque el edificio es parte del patrimonio del municipio.

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