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Histórico: El gobierno estableció el Cupo laboral para travestis, transexuales y transgénero en el Estado

Así lo establece el Decreto 721/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de la ministra de Mujeres, Diversidad y Género, Elizabeth Gómez Alcorta.

La decisión -que apunta a lograr una efectiva inclusión- se tomó en virtud de “respetar y garantizar que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Además, en los considerandos del decreto, se señala que “el ejercicio de los derechos de las personas travestis, transexuales y transgénero se ve obstaculizado por un patrón sistemático de desigualdad que afecta particularmente a este colectivo desde la niñez”

“El Estado Nacional, como garante de los derechos humanos, asumió el compromiso de propender a la eliminación de prácticas discriminatorias de cualquier naturaleza que entrañen la violación de derechos”, indica la norma.

El decreto agrega que “se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero”, y que esto “en ningún caso debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes’.

Según se precisa, la medida abarca a las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen.

Ellas tendrán derechos a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión.

Se establece además que, “a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia” en el cupo laboral, y se permitirá su ingreso con la “condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos”

En tanto, el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad y el Instituto Nacional de la Administración Pública capacitarán a las autoridades y al personal del Poder Ejecutivo Nacional para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo se realice “en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas”.

Asimismo, se establece que se creará un Registro de Anotación Voluntaria para aspirantes y se crea una Unidad de Coordinación Interministerial que elaborará las condiciones necesarias para el cumplimiento de la norma y su observación.

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