Hay dos prostíbulos habilitados como bares en Concordia y al menos otros dos funcionan sin habilitación desde 2007

Fuentes oficiales confirmaron a DIARIOUJUNIO que son al menos cuatro los prostíbulos que operan en la ciudad, y que dos de ellos están habilitados por el Municipio como “Bares, Cafés y Similar (sin espectáculo)”, dato que consta en los legajos de habilitaciones municipales.
Este es el caso del establecimiento “Bar el Desafío” identificado por el Municipio con el registro Nº 21658, con fecha de apertura y habilitación del 20 de febrero de 2006, bajo la actividad “Bares, Cafés y Similares (Sin espectáculo)” ubicado en calle Moullins 233. Según confirmaron fuentes oficiales a DIARIOJUNIO, “en ese lugar hay entre 4 y 6 alternadoras los días de semana, y entre 8 y 10 los fines de semana”.
Si bien es cierto que no podemos afirmar que allí se ejerza el proxenetismo, porque es muy difícil de probarlo con la legislación vigente cuando la meretriz no lo denuncia, es un hecho que ese establecimiento no funciona como bar, sino como prostíbulo, dada la importante presencia de mujeres ejerciendo la prostitución en el mismo. A la vista de esta información, de más está decir que si bien la investigación sobre delitos de explotación sexual debe ser realizada por la Justicia, es competencia del Municipio clausurar el local al constatarse que la actividad que se realiza en el mismo no es la de los fines por los que fue habilitado, máxime tratándose de una actividad ilegal, y la prueba de ello, es la presencia de las meretrices, que está registrada en los innumerables operativos realizados por la Policía en cumplimiento de la ley de Trata; donde se allanan prostíbulos para tratar de identificar casos de mujeres que estén allí contra su voluntad o que sean menores de edad.
El otro burdel que está en similares características de habilitación es: “Bar las Palmeras” que figura en el registro Nº 25825, con fecha de apertura del 28 de Agosto de 2009, y habilitado por el Municipio (exp. 1023460/09 0387/10) el 30 de agosto de 2009, con código de actividad Nº 63103500, que es la que corresponde a “Bares, Cafés y Similares (Sin espectáculo)” Ubicado en Bolevard Ayuí Oeste S/N, entre Chille y Perú. En este local, fuentes oficiales confirmaron que “en Las Palmeras se han constatado entre 4 y 6 alternadoras entre semana y los fines de semana suelen haber hasta 8 mujeres” (ídem párrafo anterior)

LOS NO HABILITADOS
Otro caso es el del “Bar La Tola” tristemente célebre por el homicidio de Edgardo Benítez, asesinado en ese prostíbulo el 11 de octubre de 2009. Según consta en el registro de comercios del Municipio de Concordia, bajo la identificación Nº 25814, los gerentes del establecimiento solicitaron la formal apertura y habilitación del local como bar, en el expediente Nº 1023321/09 0847/10 que fue contestado el 27 de agosto de 2009, (un día antes de que el de “Bar Las Palmeras”) pero en este caso el Municipio si bien registró la apertura, contestó ese mismo día la No Autorización para Habilitar ese edificio como “Bares, Cafés y Similar (Sin espectáculo)”. Cabe destacar que incluso este prostíbulo funcionaba como tal sin habilitación alguna antes de esta fecha, y continuó haciéndolo después.
En la madrugada del homicidio de Benítez, dos meses después de la formal apertura, se tomaron varias fotografías que fueron publicadas en los medios de comunicación y entre ellas se registró fotográficamente, la imagen del foco rojo en a puerta del establecimiento, y de las meretrices que estaban trabajando esa noche.
En cuanto a este local, que se encuentra sobre la ex Ruta 14, unos 500mtrs pasando la rotonda de la 015, aún dentro del ejido de Concordia -ya que este se extiende hasta el lago de salto grande- las mismas fuentes confidenciales aseguró que al igual que en los otros dos locales, “el número de alternadoras es de entre 4 y 6 entre semana, y 10 los fines de semana”.
En este caso en particular, cabe destacar que la actividad del local quedó expuesta a la opinión publica y probada no solo por el operativo policial del que el Municipio pudo haber pedido informes de ser necesario sino que además quedó registrado por la prensa; sin embargo, el prostíbulo siguió funcionando hasta el día de la fecha, pese a que -recordemos- los prostíbulos o casas de sitas están prohibidos por la ley de profilaxis que data de 1937 y 1939.

SIN NADA DE NADA (EL MÁS SOLAPADO)
El último de los locales en cuestión, ubicado en calle General Medina entre La Paz y Nogoyá, es conocido como “Bar Cupido” y no tiene ningún tipo de habilitación, ni trámite ante el Municipio. Es también el más difícil de probar, pues, solo tiene según las mismas fuentes; “2 alternadoras”

A INSPECCION GENERAL «NO LE CONSTA»
A la vista de esta información, DIARIOJUNIO dialogó con el titular de la dirección Municipal de Inspección General, Gustavo Sastre, quien al respecto dijo: “En principio habría que ver en la referencia geográfica cuales están en el ejido concordiense del ámbito de aplicación, que está limitado al Sur por el (arroyo) Yuquerí chico, al Norte por el Lago de Salto Grande, al Oeste a partir del Yuquerí chico trazando un polígono a la altura catastral del Campo del Abasto, y al Este el río Uruguay”.
Una vez definido el límite con el que se eliminaron de la pregunta dos prostíbulos apostados sobre la Ruta 14, correspondientes a las juntas de gobierno de Colonia Roca y Colonia Yeruá, insistimos en que aún así había locales identificados como prostíbulos, y algunos de ellos habitados como bares. A este respecto, Sastre señaló que “extraoficialmente se dice que funcionan como prostíbulo pero ante la Municipalidad, cuando se pide la habilitación se pide como bares; cuando se trata de ese tipo de actividad, lógicamente que no se hace a la luz del día, son actividades clandestinas muy solapadas, por lo que no es una actividad de fácil identificación” ante la consulta de si no habían tenido notificación o sin no se habían enterado de operativos policiales a través de los medios, el funcionario dijo: “Nos han llegado oficios de la Policía en los cuales hemos actuado, nos han pedido colaboración, para hacer actuaciones en forma común, se hacen controles rutinarios, pero cuando se ha ido no se ha detectado ese tipo de actividad, al menos desde nuestro punto de vista, nosotros actuamos sobre materia contravencional y no hemos detectado infracción a las ordenanzas municipales” opinó.

OPERATIVOS POLICIALES
Yendo a la cuestión del delito más que a la infracción municipal, nos entrevistamos con el Jefe Departamental de Policía Sergio Mendoza, quien al consultarle por estos establecimientos, señaló que “Nosotros no tenemos autoridad para clausurarlos, más que correr vista al Municipio, y lógicamente conocemos la naturaleza ilegal de la actividad, pero en tanto se siga practicando, es nuestro deber llevar un control preventivo para tratar de detectar lo que nos compete, que es si existe delito, ya sea de trata de personas, corrupción de menores, o si alguna de las alternadoras está allí contra su propia voluntad” profundizando su respuesta, el uniformado nos extiende un formulario en blanco; “Este es el formulario que nosotros elaboramos a cada una de las mujeres que se hallan ejerciendo la prostitución en los operativos sorpresa” señaló.
El formulario membretado hace alusión a la Ley Nacional Nº 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a la Víctima, y luego se detallan un total de 13 preguntas que apuntan a establecer en qué condiciones la mujer se encuentra en el lugar, si tiene libertad de salir cuando quiera, si vive en el local o solo concurre para ejercer su oficio, si tiene teléfono celular o acceso a uno, si sabe leer y escribir, y si desea que se informe a algún familiar o conocido sobre su paradero y actividad, entre otras preguntas que apuntan a medir su situación psico-social y la comprensión de la actividad que ejerce y las normas que la rigen.
Consultado sobre el resto del procedimiento, Mendoza refirió que “la mayoría responde que trabaja por su cuenta y alquilan habitaciones, o en ocasiones, cuando se trata de lugares habilitados, aducen ser empleadas del sector gastronómico” concluyó.

PROYECTO DE REFORMA DE LEY
Tal como viene dada la cosa parece que nadie le pone el cascabel al gato, y solo a modo de aclarar las cosas, cabe resaltar una vez más que no es a las meretrices a quienes se debe perseguir o castigar, ya que la ley las considera libres de prostituir su cuerpo si lo desean, pero lo que si está prohibido y debe ser perseguido, es la explotación; el usufructo de un tercero sobre la prostitución ajena; lo que comúnmente se denomina proxenetismo o rufianismo. Y esa condición es inevitable en un prostíbulo -aunque la dibujen- que es lo que a menudo ocurre, ya que el discurso común de las alternadoras –cuando son interrogadas por la Policía en los operativos sorpresa- es que ellas “alquilan una piecita al dueño del bar”, pero que no son explotadas; una coartada difícil de desmantelar cuando la víctima es cómplice de esa relación que la reduce al punto de pagar un canon para poder ejercer la prostitución. Y que por esas cosas extrañas de las costumbre humanas aún no se logra erradicar, tiene que ver con que –como todo tabú- hay más abajo del cojín que lo que se puede ver a simple vista, y por no llamar las cosas por su nombre se terminan justificando las peores injusticias. De eso no se habla…. Dicen las malas lenguas también con dobles intenciones.
Según alertaron ONGs en defensa de Victimas de la Explotación Sexual; la ley dictada en abril de 2008, siguió un retroceso iniciado por la reforma del Código Penal de 1999, toda vez que “para que se configurara el delito de trata, proxenetismo y rufianismo, se exige probar que la victima mayor de 18 años no había prestado consentimiento con ser explotada”.
Esto supone que en lugar de investigar al delincuente, se comience por investigar si la victima consintió o no, con lo que se violan los derechos humanos de la víctima. Pero esto también ocurre en los delitos contra la integridad sexual de las mujeres, por ejemplo en una violación, donde si la mujer no se resiste –por temor o pánico- muchos jueces consideran que estuvo de acuerdo.
Recientemente trascendió que desde el Gobierno de la Nación estudian introducir modificaciones en los artículos de la Ley de Trata de Personas para quebrantar el negocio de los burdeles todo el país. La información fue conocida a través de Susana Trimarco, presidenta de la Fundación María de los Ángeles Verón, quien participa activamente en esta iniciativa, en conjunto con la ministra de Seguridad Nilda Garre, entre otras autoridades de la Nación.
“Los prostíbulos están prohibidos en la Argentina pero sin embargo estos delincuentes se ingenian para poder ponerlos activos como lo hacen actualmente”. Señaló Trimarco hace tres meses en dialogo con Tucumán Noticias. En tanto, según explicó María Rosa Ponce, abogada de la Fundación; “El prostíbulo es un lugar que esta prohibido por esta ley, que en su artículo 15 y 17 prevé multas, cierres definitivos, y privativa de la libertad para quien regentee y explote estos lugares mientras que por el contrario la prostitución es una actividad que es lícita, siempre y cuando sea desarrollada por la propia voluntad de la persona, mayor de edad, que quiera hacerlo”
Asimismo, Ponce explicó que “el proxeneta es el delincuente en este triángulo entre prostíbulo, prostituta y prostituidor; el que comete el delito cierto es el proxeneta, porque la ley castiga a quien se beneficia de la prostitución ajena. Si yo tengo un beneficio de la prostitución de otra persona, estoy cometiendo un delito, pero si yo brindo mi propia prostitución y cobro por eso, no estoy cometiendo delito”, agregó.
Sin embargo pese a esta ley, muchos son los lugares que funcionan como burdeles y ofrecen este tipo de servicio sexual pero están habilitados por las autoridades municipales que los habilitan bajo otro tipo de nombres como: bares, whiskerias, spa, saunas, en fin; Concordia no escapa a la regla.

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