Alrededor de cincuenta trabajadores metalúrgicos, de siete empresas contratistas que realizan el mantenimiento mecánico e industrial para la planta MASISA Concordia, están comprendidos dentro del convenio colectivo de la Unión de Obreros de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) en lugar de estar contenidos dentro del convenio de la Unión de Obreros Metalúrgicos (UOM). Dicha defraudación no solo incidiría perjudicando la remuneración básica de estos trabajadores sino también en la cantidad de horas laborables diarias, el valor de las horas extras, la edad límite para la jubilación, los aportes a los sistemas de seguridad social, la cobertura por riesgos de trabajo y demás percepciones.
Estas empresas, según testimonio de trabajadores que se verían damnificados, no realizarían trabajos de construcción dentro de la planta MASISA de Concordia sino mantenimiento mecánico y metalúrgico de la misma.
Los beneficiarios directos económicos serían las contratistas y MASISA porque estarían pagando una remuneración hasta un 40% menor a la legislada por la actividad que estos trabajadores realizan al no tenerlos dentro del convenio colectivo de la UOM.
Es de inferir que este accionar es posible por la negligencia de la Ministerio de Trabajo de la Provincia ya que, a pesar del reclamo de algunos de estos trabajadores, dicho organismo no habría tomado las medidas de inspección correspondientes al caso.
Según el testimonio de un trabajador, la solución que les habría dado la Dirección Provincial del Trabajo sería que los cincuenta trabajadores reclamaran unánimemente ante la misma, alegando que la denuncia unipersonal no tiene fuerza. Demás está decir que la supuesta excusa o razón dada por la entidad estatal es falaz ya que la misma puede actuar de oficio; mas aún, lo puede realizar con la sola denuncia de un trabajador.
El 15 de mayo pasado, por este mismo medio, se reprodujo lo que uno de los principales sindicalistas de la ciudad, Hector Medina, Secretario General del Sindicato de los Panaderos de Concordia, expresó en el programa radial de FM 100, “Te digo más”. En aquella oportunidad, Medina había manifestado que prefería trabajar con el Ministerio de Trabajo de la Nación debido a que tenía funcionarios coherentes y acusó al Director de Trabajo Provincial, Oscar Balla, de consensuar inspecciones con la patronal.
Cabe aclarar que, si bien estas empresas contratistas están encuadradas dentro del marco de la construcción, el nombre de fantasía de las empresas, lo que declaran, no demarca el convenio colectivo que regirá a los trabajadores sino la actividad que estos realicen a sus prestadores.
Según testimonios que pudo recoger Debate Y Opinión, los trabajadores que se verían perjudicados realizarían dentro de la planta MASISA en Concordia, “mantenimiento mecánico, fabricación y montaje de estructura”.
En caso de que el fraude se verifique, los artículos 29,30 y 31 de la ley de Contrato de Trabajo, determina que por el incumplimiento de alguno de los requisitos u obligaciones que dispone la ley o por maniobras fraudulentas o conducción temeraria serán solidariamente responsables tanto la empresa que se beneficia con la fuerza laboral de los trabajadores, en este caso MASISA, como los contratistas o subcontratistas.