La Jueza Liliana Pelayo de Drí realizó declaraciones al programa radial “Cuarto Poder” (FM 2000), donde brindó detalles de un fallo que instaló a nivel nacional, un hecho ocurrido en 1999.
La titular del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3 de Concordia condenó al Estado Provincial por daños y perjuicios, estableciendo una indemnización de $20.000 para una de las familias damnificadas por el intercambio de bebes ocurrido hace casi 6 años, en el hospital Felipe Heras.
Consultada sobre cuales fueron los elementos determinantes para fallar en contra del Estado, la jueza dijo que “fundamentalmente, los informes de los psicólogos de las universidades de Buenos Aires y de Rosario. Los cuales, en un extenso dictamen, especificaron cuales eran los daños causados, tanto a los padre como al menor”. Destacando que “lo de los padres fue acotado, y en mayor medida (las consecuencias) son para el menor”.
Consultada sobre si los tiempos de la justicia perjudicaron el desarrollo de la historia, la magistrado aclaró que “a los seis meses los papás ya sabían que su hija, la que estaba criando, no era su hija biológica. Y al año, cuando fueron convocados para hacer el intercambio de los bebes ellos dijeron que ya se habían adaptado a los otros niños y no los iban a cambiar”.
Incluso reiteró lo manifestado por el abogado Alejandro Giorgio, sobre los trámites de juicio de adopción iniciados por ambas parejas, con el fin de quedarse cada una con los chicos que están criando
Remarcando que en el ámbito judicial se intentó volver a la normalidad, “de hecho se tramitó la causa en el juzgado de menores y familia”.Por último desestimó que la justicia haya tenido un accionar lento, explicando que “6 meses para un estudio de ADN inicial, es lo normal. Diría que el plazo mínimo”, agregó.