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Guastavino: ‘estamos dando respuesta pero no hay soluciones mágicas’

 Guastavino destacó que, luego de un intenso debate en el ámbito de la Comisión, se ha adecuado la lista de delitos graves que se incorporan por este proyecto al artículo 56° bis de la ley de Ejecución de la Pena (24.660) y artículo 14° del Código Penal, por los cuales no podrán concederse beneficios como las salidas transitorias o la libertad condicional: homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual, trata de personas, narcotráfico, financiamiento del terrorismo, contrabando agravado, secuestro extorsivo seguido de muerte, tortura seguida de muerte, robo con armas en banda y en despoblado, así como el agravante previsto en el artículo 41° del Código Penal para los delitos que sean cometidos con el fin “de aterrorizar a la población”.

 El senador resaltó además, entre las modificaciones incorporadas, que no podrán concederse las salidas transitorias o la semilibertad a quienes tuvieran una condena pendiente total o parcialmente. En virtud de ello, por ejemplo, quienes cometan un delito durante el curso de la libertad condicional o una salida transitoria, no tendrán acceso a los beneficios citados.

 Estos cambios, han receptado algunas de las observaciones realizadas por jueces de ejecución, organizaciones defensoras de los derechos humanos y colectivos como “Ni una Menos” en la reunión de la comisión de Justicia y Asuntos Penales realizada el pasado jueves

 Guastavino concluyó que con la sanción de esta norma se dará una respuesta a la sociedad pero “no hay soluciones mágicas”. “Resultará imperiosa una aplicación correcta por parte del Poder Judicial así como un replanteo del funcionamiento del sistema penitenciario”, agregó.

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