El concejal Eduardo Irazu (PJ) señaló que es “necesario y urgente” regular la libre venta de energizantes. Al respecto, consideró prioritario regular la venta legal en el ejido municipal estableciendo que la misma se realice exclusivamente a través de farmacias y bajo receta médica. Luego indicó que la iniciativa responde al “incremento inusitado del consumo de estas sustancias entre los jóvenes, y constituye una realidad que trae aparejada consecuencias inesperadas”.
En Gualeguaychú no se manejan cifras oficiales hasta la fecha, aunque hay relevamientos que evidencian un aumento crónico del consumo de energizantes.
Estos productos (a diferencia de otros suplementos que aportan altos contenidos de hidratos de carbono a través de vitaminas, minerales y carbohidratos) se caracterizan por componerse en esencia por una estructura cafeínica que, consumida en grado abusivo dado sus efectos farmacológicos, pueden conllevar a producir afecciones cardiacas y hasta la muerte, en aquellas personas que ya padecen tales afecciones.
“No buscamos negar la venta absoluta de un producto que contiene en su estructura componentes lícitos, sino ejercer prevención y protección respecto de los riesgos potenciales que el mismo presenta y que básicamente están relacionados con el consumo abusivo promovido publicitariamente, sin la adecuada información y prescripción profesional”, explicó Iraza.
La iniciativa prevé que el organismo municipal competente velará por la presencia de los datos que deben contener los rótulos de los envases en que se comercializan las bebidas mencionadas. Se debe detallar la información nutricional, consignando el nombre de los nutrientes, sus contenidos por unidad o porción, además de incluir las siguientes leyendas: “Consulte a su médico antes de consumir este producto”, “No consumir en caso de embarazo, lactancia, ni utilizar en niños”, “Mantener fuera del alcance de los niños” , “No mezclar con bebidas alcohólicas”.
El proyecto establece que la autoridad de comprobación de las infracciones a la ordenanza será la Dirección de Inspección General. Los inspectores deberán incautar la mercadería en infracción al momento de constatarse la falta y podrán requerir el auxilio de la fuerza pública.
El incumplimiento de lo establecido, será sancionado con multa y/o clausura de treinta (30) días hasta ciento ochenta (180) días del local, comercio o establecimiento.