De esta manera la Municipalidad se constituye con carácter de actor civil tendiente e acreditar la existencia del delito, el perjuicio sufrido por la Municipalidad de Gualeguaychú con motivo del mismo, la responsabilidad del imputado y reclamar la reparación del daño ocasionado.
Cabe recordar que respecto de la cuantificación del daño, una primera aproximación del cálculo en bruto (realizado por la auditoría interna), surgido de la sumatoria de los saldos que arrojan las distintas cuentas bancarias del Libro de Bancos, confrontada con la sumatoria de los saldos obrantes en los distintos resúmenes e informe de banco, se obtiene un monto estimado prima facie de diferencias por la suma de $ 834.069,48.
Por tal motivo dicho monto es el daño reclamado con carácter provisorio y sometido a la existencia de nuevas comprobaciones o correcciones.
Asimismo, la Municipalidad de Gualeguaychú solicitó se decrete embargo sobre los bienes propiedad del imputado (automóvil, inmuebles, posibles cuentas bancarias), a la vez que pidió la inhibición general de los bienes del mismo.
Por último se subraya que ete hecho se inscribe en la clara voluntad política expresada por el gobierno municipal, de cara al esclarecimiento del hecho y se suman a otras medidas ya adoptadas como la intervención inmediata del área y el desplazamiento del tesorero; el inicio de las investigaciones administrativas; la radicación de la denuncia penal; la aprobación de la auditoría externa y la convocatoria en forma personal del presidente municipal Daniel Irigoyen para que se constituya en la ciudad el Tribunal de Cuentas de la provincia.