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GRAVE: Dos docentes fueron amenazadas con ser echadas si adherían al paro de mujeres

Desde el sindicato que nuclea a los docentes privados afirmaron que “dicha medida de fuerza se encuentra avalada bajo por la Constitución Nacional (Artículo 14 bis segundo párrafo) que establece los derechos colectivos del trabajo, garantizando a los gremios el de la negociación colectiva y el derecho de huelga. Entendiendo los constituyentes el concepto gremio como el colectivo de los y las trabajadores de una actividad, estén o no afiliados o afiliadas a un sindicato”.

“De esta forma, el Estado reconoce la potestad de declarar legítimas medidas de acción directa y protege a la o el trabajador ante posibles medidas de amedrentamiento o amenazas que deriven en despidos, sanciones u otras posibles metodologías de violencia laboral ejercidas hacia los y las trabajadoras”, sostuvieron.

Desde el sindicato brindaron algunas precisiones referidas a la relación de empleo privado e informaron que quienes quieren conocer más datos pueden ingresar en la web en la sección gremial (www.sadopentrerios.org/faq).

En este marco, señalaron que “la relación de empleo docente es por tiempo indeterminado desde su inicio, por lo tanto no hay contrato a prueba. Las y los docentes se consideran TITULARES desde el primer día de su prestación de servicios- artículo 90 LCT; artículo 7 ley no 13.047-“.

“Las únicas modalidades contractuales vigentes son: suplencia, plazo determinado y actividades cuatrimestrales o semestrales. -Acta Acuerdo. Resolución CGEP 08/13”, añadieron, al tiempo que indicaron que “el contrato a término y la figura del monotributista serán considerados inválidos y en consecuencia, la relación será desde su inicio por tiempo indeterminado. -Acta Acuerdo. Resolución CGEP 08/13”.

Luego desde Sadop aseveraron que “las medidas disciplinarias son apelables por el trabajador dentro de los 30 días de notificado. Para poder efectuar su defensa debe exigir al empleador copia del acta y documentación respaldatoria de la medida adoptada – artículo 67 LCT”.

“No existe el despido con justa causa sin un SUMARIO PREVIO que garantice al trabajador el derecho a defensa -artículo 13 ley no 13.047, Ley Nacional de Educación no 26.206 – principio de equiparación-“, enfatizaron luego y aclararon que “en caso de despido verbal o impedimento de ingreso del trabajador al establecimiento educativo, se deberá intimar que se aclare la situación laboral por carta documento o telegrama -artículo 243 LCT”.

Tras el comunicado difundido por Sadop, esta Agencia dialogó con el secretario General del gremio, Sergio Pesoa, quien indicó que “se está trabajando sobre denuncias de compañeras docentes privadas en dos escuelas de gestión privada de la ciudad de Concordia que fueron amenazadas en forma directa. Les dijeron que si adherían al paro de este lunes, oportunamente no les renovarían su relación laboral”.

“Más allá de que el paro está perfectamente justificado y es una medida que pone de relieve y visualiza problemáticas muy profundas, entre ellas las condiciones y medio ambiente de trabajo de nuestras compañeras, aquí estamos hablando de que todavía existen patrones que quieren anular nuestro derecho de huelga”, cuestionó

Por último, adelantó que este lunes se realizará la presentación formal del tema ante las autoridades del Consejo General de Educación y ante las cámaras patronales, ya que la  gravedad de la situación así lo amerita”.

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