El hecho aconteció el 4 de mayo de 2004, cuando ingresaron armados a la Despensa “Pablito”, ubicada en calle J.J. Paso 36, José Alberto Rodríguez y Humberto Salinas. Luego de encañonar con un arma al dueño del comercio, Pablo Meichtry, exigiéndole la entrega de dinero; el comerciante aseguró que apuntaron con una escopeta a la cabeza de su hijo Federico. “Es como un pesadilla, trato de no recordar todo eso. Recuerdo la cara de mi hijo llorando, como pidiéndole por favor que no nos hagan nada, cuando le apuntan. Es una imagen que me quedó grabada”, dijo el propietario de la despensa.
Ambos delincuentes lograron alzarse con un minicomponente musical de voluminoso tamaño y huyeron del lugar. El tamaño del aparato jugaría un papel fundamental al momento de examinar retrospectivamente lo que sucedió aquella noche. Luego de salir por la puerta del comercio, Manuel Alejandro Meichtry, 20 años, salió por detrás y disparó sobre Rodríguez y Salinas. El primero de ellos cayó exánime sobre la vereda, mientras que el segundo sufrió heridas de consideración.
Las magistradas descartaron que, al momento que Meichtry disparase, existiese una amenaza directa de Rodríguez y Salinas a los Meichtry. “De lo contrario estaríamos ante un caso de legítima defensa”, expresó la Dra. Mariela Rojas, quien efectúo la lectura de la notificación del fallo.
El tribunal suprimió esa posibilidad debido a que quedó acreditado durante el transcurso del proceso que el volumen del minicomponente que se llevaba Rodríguez impedía, al mismo tiempo, llevar un arma en la mano y girar para efectuar un disparo. Otra prueba valorada fue un video aportado por un canal de TV que revela que el arma que llevaba Rodríguez fue extraída de la cintura, cubierta entre las ropas del fallecido.
Hay que recordar que el abogado querellante pidió 9 años de prisión para Meichtry por la supuesta comisión de dos delitos: homicidio simple (Rodríguez) y abuso de armas de fuego (Salinas).
Las juezas entendieron que, si bien no se trataba de un caso de legítima defensa, Meichtry creyó subjetivamente que las circunstancias acreditaban su accionar. Pero recalcaron que actuó en forma errónea. “Sólo existió en su mente la creencia que Rodríguez y Salinas constituían una amenaza al momento de escapar”, dijo Rojas.
De todas formas, valoraron como atenuantes las circunstancias que habían vivido Meichtry: la utilización de armas por parte de Salinas y Rodríguez, el maltrato y las amenazas de ambos maleantes, la llovizna que dificultaba la visión fuera de la despensa y la presencia de un árbol de una especie cuyo follaje se mantiene durante el invierno dificultando la visión. Incluso, las juezas entendieron que cualquier movimiento en la huida de Rodríguez o Salinas pudo ser percibido como una “continuación de la agresión” hacia los Meichtry.
En consecuencia, las magistradas resolvieron absolver de culpa y cargo a Manuel Alejandro Meichtry, de ambos cargos. Lo primero que señaló Meichtry, minutos después de serle comunicada su absolución, fue “gracias a Concordia por toda la gente que me estuvo apoyando, porque no es solo lo que se ve acá, esto sigue todos los días”. El absuelto, no obstante, aseguró que ni antes ni después del hecho fue víctima de un delito similar.
“Esperemos que no le pase nunca más a nadie porque hoy, gracias a Dios, pude salir absuelto pero el día de mañana no se sabe si le pasa a otra familia”, agregó. Meichtry aseguró que a partir de ahora intentará reestablecer su vida. “Que puedo pensar yo en estudiar si me tenían que meter adentro y chau, quedaba detenido y que iba a hacer”, aseguró. ¿Pensás en la familia de Rodríguez?, le preguntaron. “Eso me lo reservo, solamente lo sé yo y Dios”.
Por su parte, su hermano Pablo indicó: “agradezco a Dios y rezo porque nunca más le pase esto a ninguna familia, que nadie más esté expuesto a lo que estuvimos nosotros”.