Giano precisó detalles del proyecto – cuya autoría es el diputado Horacio Flores (MC) – para el caso de aquellas personas que tengan una tasa de alcoholemia superior a cero gramos por mil centímetros cúbicos de sangre. "Con la sanción de la ley en Entre Ríos se tendrá una herramienta clave para evitar la principal causa de muerte de nuestros jóvenes que son los accidentes de tránsito y las lamentables consecuencias que vemos a diario", indicó el senador, al referirse a la norma que será tratada en los próximos días en el recinto de la Cámara Alta.
El proyecto que modifica el artículo primero de la Ley Nº 10.025 para establecer la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículos con una tasa de alcoholemia superior a cero gramos por mil centímetros cúbicos de sangre, se refiere también a la ingesta de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias.
"En el país hasta el momento el límite de alcohol en sangre es de 0,5 grs/litro de sangre, pero esto no ha causado la reducción de accidentes como sí ha sucedido en provincias que han implementado el alcohol 'cero al volante', como el caso de Córdoba que alcanzó un descenso del 70% en accidentología vial", explicó Giano quien aseguró que "a estas estadísticas se le deben sumar los datos respecto a la reducción de todo tipo de situaciones vinculadas con la epidemia del consumo de alcohol".
La iniciativa surgió también de la reunión con el ministro de Gobierno, Mauro Urribarri, el Secretario de la Juventud, Nicolas Mathieu y el Secretario de Gobierno, Germán Grane, así como con otros referentes y funcionarios provinciales, para avanzar en el ámbito legislativo con esta norma que de quedar sancionada en los próximos días, obligará a todos los conductores a "someterse a las pruebas que la reglamentación de la presente establezca para la detección de posibles intoxicaciones por alcohol”.
La Policía de Entre Ríos, los Juzgados de Faltas Municipales -en el caso de aquellos municipios que adhieran a la norma- así como cualquier otro organismo designado a tal efecto, serán los organismos de aplicación y quienes podrán establecer las pruebas para la detección de las demás sustancias a que refiere la ley, así como los demás aspectos reglamentarios para determinar sanciones y multas.