En su resolución Carbonell señaló que la participación probable de los dos acusados en el hecho que se los imputa, se basaba en las manifestaciones de tres testigos con reserva de identidad y las del menor Buchanan en cámara Gesell
Al respecto detalló que de las declaraciones del menor, surge que uno de los autores del hecho era uno más gordo y bajo que el otro. Cosa que el Juez comparo con los acusados “Si bien no pudo dejar de valorar la conmoción que pudo sufrir el menor y que esto pudiera influir en su percepción, lo cierto es que según el médico forense, Cristian Benítez es más alto y más pesado y Martín es más flaco y más bajo, esto es al contrario de lo que dice el chico”
En la misma línea, agregó que “la prueba que se ha ido aportando después no avaló en manera alguna el estado de sospecha” en el grado que se requiere para mantener la prisión preventiva.
Carbonell recordó también que en el actual sistema judicial la prisión preventiva debe ser “una excepción y no la norma”, y que lo que prima es el principio de inocencia, por cuanto lo que debe probarse es la culpabilidad y no al revés.
Tras analizar además otros planteos formulados por la Defensa, a los que el Vocal restó importancia, como el papel que jugaron en el dictamen del juez Marfil, “la presión social y los titulares de los medios” y algunos de los 18 agravios a los que Carbonell prefirió señalar como “discrepancias con la sentencia”
El tribunal resolvió “Hacer lugar al recurso de apelación interpuesta por la defensa y revocar el auto de prisión preventiva dictado por el juzgad de garantías de Federación”. No obstante, y atento a que los hermanos Benítez continúan siendo imputados en el hecho, les impuso; la prohibición a salir sin autorización expresa del departamento de Federación, la prohibición de comunicarse con testigos y familiares de la victima por cualquiér medio o por interposítas personas y la obligación a presentarse semanalmente ante la justicia de Federación.