Fuero único de violencia de género: una propuesta para dar un servicio de Justicia más eficaz

 

Si bien existen experiencias en algunas provincias del país, Entre Ríos no ha sido capaz de analizar la creación de estos fueros que darían respuesta a los graves problemas que enfrenta el poder judicial frente a las cada vez más complejas situaciones de violencia que se generan y se denuncian.

La Ley 26.485, aprobada en el año 2009, ha quedado obsoleta en su clasificación de violencias y modalidades de violencia básica, por lo que es importante comenzar a analizar una reforma que contemple más garantías en los procedimientos policiales y judiciales.

Como abogada que litiga especialmente esta temática, a diario se producen graves problemas en la forma en que los jueces de los fueros civil y laboral interpretan las normas procesales, conjugando los códigos procesales, civiles o laborales, con las leyes de género. Lo que producen inseguridad jurídica para ambas partes, víctimas y agresores.

En estos días, dos casos pueden demostrarlo claramente. Con reserva de los expedientes por publicas razones y porque la ley determina que los hechos de violencia son reservados a menos que la victima dé su consentimiento, cada uno de ellos plantea claramente la falta de perspectiva de género y la falta de compromiso para asumir la problemática en los fueros judiciales.

En uno de ellos, realizada una denuncia por violencia de género, se gira para su intervención la causa al Juzgado Civil y Comercial Nro. 3 de Concordia, quien no solo se declara incompetente, sino que además, deja sin protección a la víctima, violando lo establecido en la Ley 26485 y la Convención de Belem Do Para, que determina que el juez que interviene en primera instancia, aún siendo incompetente, debe dictar las medidas preventivas para proteger a la víctima. 

Apelada, la falta de dictado de medidas, no así la competencia, Sala I Civil y Comercial de Concordia dictan las medidas directamente, en voto dividido, pero dejan vigente la declaración de incompetencia, derivando la causa a la Justicia Federal.

 El Juzgado Federal de Concordia se declara incompetente y devuelve el expediente al Juzgado Civil y Comercial N 3, y en un día, el Juzgado Civil se lo reenvía para que sea girado a la Corte Suprema.

Si bien las medidas preventivas están vigentes, al tratarse de medidas autosatisfactivas, las próximas acciones judiciales son independientes y de competencia provincial. Me pregunto, ¿qué habría pasado si eran necesarias otras acciones de protección. ¿Quién protege a la víctima? ¿Qué juez, qué justicia, qué fuero la protege?

En el segundo caso, una denuncia por violencia en el ámbito de una audiencia, es girada al Juzgado Civil y Comercial Nro 1 de Concordia, que dicta las medidas preventivas y se declara incompetente. Luego remite la causa a la Cámara Contencioso Administrativa de Concepción del Uruguay, que también se declara incompetente y vuelve a remitirla a la Sala Civil 1 de Concordia que, un vez más se declara incompetente, y desde allí la causa se remite al Superior Tribunal de Justicia. En este punto, bastante tiempo después, resuelve en un Acuerdo que la competencia es de la Sala Civil 1 de Concordia.

En estos dos procesos actúo como abogada, y en uno de ellos, como víctima.

Son solo 2 causas de muchas que se producen en la Provincia. Una denuncia contra la Municipalidad de Crespo por violencia laboral paseó algunos meses entre el Juzgado de Paz, el Juzgado Laboral, la Fiscalía especializada en Género de Paraná y la Cámara Contencioso Administrativa de Paraná y terminó en el Juzgado de Paz nuevamente.

Esta es la realidad a la que nos enfrentamos los abogados especialistas en género. que litigamos todos los días y que, además de conocer el derecho, debemos poseer herramientas sicológicas para proteger, guiar y cuidar a las víctimas durante el tedioso proceso judicial.

Desconocimiento, falta de compromiso, de empatía, por parte de los jueces civiles y comerciales.

Por ello, la creación de un fuero único de violencia seria al menos, un esfuerzo del Poder Judicial para lograr que las victimas puedan ser beneficiadas por los principios de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva.

Un análisis más profundo merece el alto costo del acceso a la Justicia para las víctimas de violencia de género.

Desde hace tiempo lucho por una justicia más comprometida. La creación de un fuero único, propuesta de la Dra. Susana Medina de Rizzo, debe considerarse seriamente y no ser obstaculizado por problemas presupuestarios o decisiones políticas.

La realidad nos empuja a buscar respuestas en un mejor servicio de justicia.

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