FRAUDE ATER : Según García, Procurador del STJ, la reiteración del delito amerita penas de cárcel

LOS QUE DEBIERON CONTROLAR…

Aurelio Oscar Miraglio fue Director General de Rentas de la Provincia de Entre Ríos, desde diciembre de 2003 hasta diciembre de 2007, o sea, todo el período que gobernó Jorge Busti. A su vez, el dato más destacado es que luego de pasar por esa repartición sospechada y denunciada judicialmente, Miraglio ocupa actualmente y como Adjunto, el Área de Control Interno y Auditorias de la Contaduría de la Provincia de Entre Ríos que tiene oficinas en ATER y que, se supone debe controlar. Hasta donde se conoce es funcionario público desde la era menemista, año 1992.

Hugo Molina fue presidente del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos hasta el mes pasado cuando asumió el cargo Guillermo Smaldone. De este modo Molina se pasó más de dos décadas al frente del organismo de control. O sea, no existe ninguna posibilidad de no quedar implicado y alcanzado por algún delito relacionado a este escandaloso caso. Molina es  el cuñado de la actual intendenta de Paraná y hermano de uno de los históricos dirigentes del PJ paranaense.

Vale destacar que estos son los dos organismos señalados ayer por Casaretto a la hora de destacar responsabilidades. Es que, recordamos, DIARIOJUNIO le preguntó si se formulaba alguna autocritica respecto de este fraude durante su mandato a lo que respondió, 'mi función no es controlar, el control corresponde a Contaduría y al Tribunal de Cuentas y esos organismos tenían oficinas dentro de ATER". La respuesta es tan corta como categórica respecto de su pensamiento.

 

LA ENTREVISTA CON GARCIA

DJ: ¿la justicia va a esperar a que ATER haga la denuncia sobre los años anteriores o actuará de oficio?

García- “En Paraná todavía no se ha puesto en marcha la última parte del nuevo código procesal y todavía trabajamos con juzgados de instrucción; entonces lo que hemos hecho ayer es el requerimiento fiscal de instrucción por toda la etapa de estos ilícitos que denunció el titular de ATER, pero además ya tenemos pensado ampliar esa investigación a la etapa anterior, todo lo que dé el plazo de recepción de la acción penal; eso ya se está haciendo, porque es la misma prueba, pericial contable e informática.

Eso lo está haciendo Casaretto y lo está haciendo también el tribunal de cuentas. Así que nosotros en el momento vamos a estar pendientes también de este trabajo y por supuesto ampliar la imputación a quienes estén en ese aspecto comprometidos”

“La imputación que nosotros dirigimos ayer es a dos funcionarios que aparecen primero como acusados, y a 65 coimputados entre empresas y personas físicas”. Aquí estamos ante una coautoría en el fraude a la administración pública y a la vez fraude tributario. Entonces hay fraude del ente y particulares contribuyentes”.

DJ- Llama la atención que solo estén imputadas estas dos personas…

García- “toda investigación comienza por un inicio, esto que nosotros tenemos ahora es la punta del ovillo de lo que vamos a poder investigar hasta donde alcanza o no la responsabilidad de otras personas, en sentido horizontal y en sentido vertical”.

“El ministerio publico fiscal y la misma fiscalía de causa, nosotros no tenemos límites para investigar, hay principio de igualdad, así que vamos a seguir hasta donde marque el código penal. En el ámbito del código penal no todo es competencia de todos; yo doy el ejemplo de si esto es una intervención quirúrgica, el cirujano que está operando el corazón no es competente por el quebranto de las normas de higiene del instrumentista, pero esto que se ve tan claro en este ejemplo puede no serlo en un fraude de tamaña magnitud como esta, así que es muy probable que el fiscal eleve la jerarquía de los investigados porque los funcionarios tienen lo que se llama el deber positivo, cosa que la hemos charlado con respecto a lo de los policías, el deber positivo es el de velar precisamente por las regularidades de la función pública; y la función de recaudar es una función esencial del estado en prestaciones, porque precisamente de allí sale la seguridad social, la salud etc…”

DJ : De ahí que hay una gravedad muy importante de parte de los contribuyentes que evaden…

García, Claro, los que evaden fraudulentamente esos tributos; porque esto en filosofía moral se conoce como la ventaja del polizón, porque toma todos los derechos y ventajas del Estado, pero se desliga fraudulentamente de sus deberes”.

DJ : Respecto de la prescripción hay varias teorías, por ejemplo la del delito continuado…

García : “La teoría mayoritaria en estos casos sostiene que se puede ir hacia atrás incluso al término de prescripción normal de acuerdo a la cantidad de años, serían seis en este caso. Es cierto que hay una teoría que señala que en caso de reiteración de esos delitos, lo anterior se suspende hasta que se investiga lo ulterior, entonces esto tiene un efecto cascada hacia atrás”.

DJ : Y Uds que van a hacer…

García : ‘En principio nosotros vamos a ir investigando los dos periodos estos que yo señalo, donde obviamente vamos a tener una profusa tarea de investigación’. ‘Después veremos si es necesario como estrategia de política criminal, ir con esos aspectos a juicio y después tratar de investigar algunos aspectos más hacia atrás, porque esto tiene una continuidad, la misma organización, que va más atrás en el tiempo” El periodo a investigar es desde 2007/2008

DJ- Casaretto dijo: “mi responsabilidad no es controlar” y puso como ejemplo dos organismos que debe abocarse a esa tarea, el tribunal de cuentas por un lado y la contaduría general por otro ¿Qué apreciación hace usted al respecto?

García-  “es cierto que existen controles en la administración tributaria y sobretodo en el ámbito de las compensaciones, que hacen intervenir a otros estamentos, que además tienen un contralor del tribunal de cuentas que es permanente”. “El tema a investigar es si estos controles que existen funcionaron, y si no funcionaron porque no lo hicieron, pero prefiero no adelantar opiniones aquí porque eso va a ser precisamente materia de investigación”

DJ- ¿Cuánta responsabilidad pueden tener los estudios contables de las empresas que están involucradas en este hecho?

García- “no me cabe la menor duda que son coautores, porque estas cosas no las manejan los empresarios en forma directa; ellos no son quienes llevan los libros contables; necesitan el auxilio indispensable de los contadores, no quiero hacer con esto una cuestión de profesión, pero es cierto que hay un área contable que es responsable de que una compensación sea falsamente presentada para abonar menos de lo que se debe”

DJ- ¿el hecho puede ser calificado como una asociación ilícita?

“La figura de la asociación ilícita es una figura muy problemática porque se adelanta la criminalidad a lo que en los delitos comunes, está inclusive anterior a la tentativa; es decir es punible matar a otro y también es punible intentar matar a otro; ahora en la asociación ilícita el mero hecho de asociarse ya supone a ilicitud, aún cuanto esa asociación no haya hecho nada. Entonces para que este artículo no tenga un alcance ilimitado, se lo ha rodeado de una serie de requisitos que deben darse si o si, porque en realidad estas figuras están pensadas para las mafias o para los delitos muy graves para la seguridad común, no está pensada para una situación de defraudación más allá de la magnitud”

“por eso cuando fue reformada la ley penal tributaria expresamente pusieron una norma de asociación ilícita tributaria, pensada precisamente para las empresas que fabricaban facturas truchas…”

DJ- ¿no es bastante parecido truchar facturas que truchar compensaciones?

García : “si pero no hay una industria destinada a eso”

DJ- ¿Qué penas le cabrían a las personas que participaron de este proceso?

“Pueden ser delitos que se transformen en muy graves por la reiteración; el fraude a la administración pública tiene una pena que no es muy alta, son 6 años la máxima, pero está pensada en términos de un hecho, ahora, si son varios hechos y esto conforma una reiteración puede ser unan pena mayor con cárcel”

“El llamado a indagatoria de las primeras personas seguramente va a ser establecido por el juzgado de instrucción de acuerdo a todos los problemas de agenda que tenga; pero no creo que vaya a demorar mucho en el llamado, recién ayer hicimos la requisitoria formal de instrucción por lo que aún no ha habido indagatorias”

“la significación social de estos hechos no son solamente de contenido económico, sino que también quebranta las reglas y supone una gravedad mucho mayor porque es quebrantar las bases del estado social”

DJ- Usted sabe que habitualmente se dice “La ley es tela de araña, pues la rompe el bicho grande y sólo enrieda a los chicos” ¿Qué puede decir al respecto?

“En la selección de los casos normalmente siempre quedan los casos más burdos, los casos mucho más complejos siempre son de mucha mayor dificultad para probar; y precisamente la idea de un Ministerio Publico Fiscal con una dirección de política criminal, tiende a dar vuelta ese criterio de selectividad, que no es neutro… entonces la idea es trabajar no solamente con los delitos comunes, si bien estos son muy graves porque nadie tiene derecho a que lo maten en la salida de un barrio, pero también están los otros delitos que también son muy graves y hacia ellos también hay que dirigir la política criminal y con el mismo rigor que con los otros porque las penas también son penas graves; o sea q la idea de un ministerio publico fiscal, desde la constitución, con un criterio de persecución penal contraselectivo, es un de las pautas prioritarias nuestras”

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