También la medida establece que las mujeres musulmanas que tienen prohibido quitarse ante la presencia de hombre el velo que cubre su rostro, sean retratadas por otra mujer y de ese modo aparecerán en la foto sin esa cobertura.
Por motivos religiosos que «cubran parcial o totalmente el rostro» de la persona, se podrá solicitar que «el trámite y la fotografía se obtengan en un lugar reservado y por agentes del mismo sexo», detalló la norma.
En el caso de travestis y transexuales, ya no se verán obligados a tener que sacarse el maquillaje para la foto del DNI, gracias a la flamante resolución.
La norma firmada por la Directora Nacional del Registro de las Personas, MoraArqueta, precisó que la imagen del DNI debe carecer de «alteraciones o falseamientos de las características faciales, sin que ello vulnere o afecte el derecho de identidad en sus aspectos de género, cultura o religión».