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Fernández prorrogó las medidas de Aislamiento y Distanciamiento Social y Obligatorio por 14 días más.

Sobre la nueva etapa de prevención comienza el lunes 26 de octubre, Fernández sostuvo que estarán bajo la modalidad de ‘Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio’ (DISPO) las provincias de Misiones, Corrientes, Formosa, Entre Ríos, Catamarca, Jujuy, La Pampa y San Juan. Mientras que, por la situación sanitaria y cantidad de contagios de COVID, las ciudades y departamentos de las 16 provincias restantes que estarán bajo la modalidad Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), son: AMBA, Buenos Aires, Chaco, Chubut, Córdoba, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

“La pandemia continúa y su impacto es distinto en cada lugar de nuestro país. En muchas ciudades hay un aumento sostenido de casos lo que provoca que el sistema de salud de esos lugares se encuentre muy exigido ante la necesidad de garantizar los cuidados necesarios a cada persona que lo requiera”, afirmó el Jefe de Estado. 

“No es una cuarentena, es un mecanismo de aislamiento para algunos y de distanciamiento social para otros y de a poco vamos abriendo actividades”, dijo el Presidente. Y en ese sentido, se puntualizó las diferencias entre ASPO y DISPO:

El AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO es mediante el cual las personas pueden únicamente desarrollar y circular a fin de realizar las actividades que han sido autorizadas, que abarcan tanto la provisión de productos y servicios esenciales y, actualmente, la realización de la mayoría de las actividades económicas y ciertas actividades sociales, deportivas recreativas. Estas actividades deben ser desarrolladas de acuerdo a estrictos protocolos y control sanitario que hicieron posible su aprobación.

Bajo el ASPO, las actividades pueden ser autorizadas por el Jefe de Gabinete de Ministros, en las localidades de más de 500.000 habitantes -previo pedido del Gobernador- o por el Gobernador mismo, en los casos de localidades de menos de 500.000 habitantes.

En cuanto al DISPO – DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO – explicó que es cuando las condiciones sanitarias más favorables lo permiten, pueden desarrollarse la mayoría de las actividades económicas y sociales cumpliendo los protocolos sanitarios establecidos por cada jurisdicción.  Es obligatorio mantener la distancia física de dos metros con otras personas, el uso del barbijo, el lavado de manos y la ventilación de ambientes. Están prohibidas las aglomeraciones.

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