El Dr. Ivan Dri, patrocinante del amparista Osvaldo Silvestri, explicó que “el Ejecutivo se opuso a una decisión del Concejo Deliberante, en una cuestión contenciosas administrativa. Esto significa que hay personas que sostienen que fueron mal excluidas de la licitación y por decreto se las dejó afuera. Tanto en la Constitución de la Provincia como en el Superior Tribunal de Justicia, se entiende que en cuestiones Contenciosas Administrativas la resuelve como órgano de apelación el Concejo Deliberante”. El letrado remarcó que “esto es así y no se discute, es como negar que uno más uno es dos. Justamente el Ejecutivo discutió eso diciendo lo contrario. Desoyó la Resolución 307. Eso es lo grave, entonces obligó a quienes se sintieron afectados recurrir a la Justicia pidiendo se cumpla con lo establecido por el Concejo”.
En ese sentido agregó que “no se pidió que los incorpore en las listas de preadjudicatarios, sino que se cumpla con la resolución 307 que establece se les envíe la documentación de cada caso recurrido para ser estudiado, nada más”.
Con respeto al fallo enumeró que la Justicia ordenó “hacer lugar a la demanda de amparo promovida por Silvestri Osvaldo, contra la Municipalidad de Federación, en la persona del Intendente y declarar que no le asiste el derecho al Poder Ejecutivo de continuar con la licitación luego de comunicada la Resolución 307. Y declarar la nulidad de todos los actos llevados a adelante por el Ejecutivo Municipal en la licitación pública 13/04 luego de que se le comunicara de dicha resolución”.
Pasos a seguir
Como reflexión el Dr. Ivan Dri expresó: “Hay que respetar los carriles del estado de derecho, si el Ejecutivo no estaba de acuerdo tenían varias cosas para hacer, como por ejemplo plantear el conflicto de poderes, pero nunca desobedecer, no desoír, máxime cuando te lo está pidiendo una orden superior como es en este caso el Concejo Deliberante, es un órgano de control”.
Entre los pasos a seguir el Ejecutivo tenía 24 horas para apelar, lo que debería hacer hoy; “Si se apela hay que esperar lo que dictamine el Superior Tribunal de Justicia”, explicó.
Luego fue más allá; “El Ejecutivo se empecinó, estamos ante el incumplimiento de deberes de funcionario público y podrá derivar en una causa penal y seguramente puede desencadenar en una acción de daños y perjuicio en contra de la Municipalidad y contra los funcionarios del Ejecutivo que han, con ese accionar obstructivo, han generado inconvenientes y puesto palos en la rueda a aquellos que en tiempo y forma recurrieron al Concejo para que resuelva su caso particular, le han causado daño moral. La Ley 3001 establece que los que incurren en delito deben pagar con sus bienes, sino siempre a los errores de otros lo paga Juan Pueblo”. Y por último se preguntó que hubiera pasado si seguían con la licitación y después el Concejo fallaba a favor de los que apelaron, el daño sería mucho mayor”.