“En definitiva, lo que se está produciendo con las areneras es que son fosas a cielo abierto donde se hacen excavaciones con máquinas que sacan en crudo arena que después se filtra. Esas fosas provocan un daño ambiental al ecosistema de magnitud, cambiando el hábitat no sólo de los animales que viven naturalmente ahí llamados autóctonos como los implantados (Ganaderìa), sino también en la flora. Lo que se busca es la arena que llaman silícea, que es una arena ultra fina que se usa para el fracking, y que al ser tan fina se mete a presión junto con el agua en los pozos de Vaca Muerta para extraer el gas o el petróleo. Hay un artículo de Ámbito que habla del nuevo commodities valor oro en el que se está transformando la arena. Hay países como Arabia Saudita que son todo arena, pero deben importarla para la construcción y hoy la arena que se encuentra en la zona del Delta pasó a ser un commoditie que, con el tiempo, va a pasar a cotizar en valor oro porque a cuanto más extracción menos cantidad habrá disponible.” explicó el abogado Ricardo Luciano en comunicación con DIARIOJUNIO.
“Entonces, la primera cuestión son las fosas de inmenso tamaño que generan el primer daño ambiental que es sobre la flora y la fauna del lugar. Luego está la filtración de esa arena que se hace con agua y con un producto químico, un floculante totalmente tóxico. Respecto a este producto es que la cooperativa de agua quiere saber qué tratamiento se le hace, si se tira al río Paraná o si se vuelca en la tierra. Nosotros estamos sobre el Acuífero Guaraní y extraemos agua de ahí a través de tres pozos. Después hay un tercer punto que es la propia arena silícea que está probado que es absolutamente cancerígena. Eso merece un tratamiento especial en función de los obreros que trabajan en la arenera y del transporte. Cada arenera produce, por día, un promedio entre 100 y 150 camiones que transportan alrededor de 20 mil kilos de arena silícea. Esos camiones, además de haber destruido todas las rutas de la zona, van liberando en su marcha esa arena que es como un talco y puede ser inhalada. Eso, que parece un polvillo, produce cáncer de pulmón. Oh, casualidad acá hay gente que trabajando con arena se ha enfermado y se ha muerto de cáncer de Pulmón. ¿Casualidad o causalidad?”, se pregunta el asesor legal de la cooperativa de agua.
Luciano también contó que “Esto viene de largo tiempo. Siempre hubo empresas que extraían arena de la zona del Ibicuy, pero con Vaca Muerta fue una explosión. La preocupación de la cooperativa está dada en que nosotros proveemos de agua a toda la ciudad, incluido el hospital, los camping y el puerto donde los barcos que atracan toman de nuestra agua. Al ver el aumento de nuevas areneras que se están instalando en la zona, nuestra preocupación radica en que debemos garantizar la calidad y potabilidad del agua. Por eso es que se han pedido informes, pero sin obtener una respuesta satisfactoria por vía administrativa.”
Luciano contó parte del periplo judicial que tuvo que recorrer hasta obtener el fallo satisfactorio del STJ: “Esto comenzó con una intimación vía carta documento a la Secretaría de Medioambiente de la provincia y a la municipalidad de Ibicuy. Luego derivó en una Demanda de Amparo Ambiental Informativo, presentado el 6 de diciembre del 2020, en el Juzgado Civil y Laboral de la ciudad de Villa Paranacito, se le dio traslado a la Fiscalía de Estado, contesta demanda y el 24 de diciembre a las 20:00 recibo mail del juzgado donde me dan traslado de la sentencia, donde se me hace lugar parcialmente a mi petitorio, como entendí que satisfacía mi requerimiento no apele, la Fiscalía de estado apela y ahí llega al Superior Tribunal de Justicia, se le da vista al Procurador General, las partes presentamos nuestro memorial y el 18 de enero del 2021 el Superior dicta sentencia confirmando la de 1ª Instancia. Yo jamás pensé que llegaríamos al Amparo. Presenté una demanda (Amparo) de 30 fojas (páginas) brindando información y dando sustento legal para que tenga fundamento el amparo.”
“Desde mi punto de vista es muy llamativo cómo se empeñaron en negarnos información. El fallo del Superior Tribunal, en el punto 19 de la sentencia, deja en evidencia la forma en actuaron. Dice en el punto 19: “Despejar a la admisibilidad de la acción. La abogacía estatal opuso un contundente obstáculo a su progreso”. Fue realmente llamativa la fuerza con que se opusieron a que el amparo pudiera prosperar y darle admisibilidad. Pretendían que volviera a la vía administrativa. En fín, el fallo no sólo es favorable, sino que amplía el pedido de información otorgado en primera instancia y condena al Estado Provincial a que, en el plazo de 30 días hábiles administrativos, se me de toda la información.”
Luciano valoró la sentencia del STJ como “un pequeño triunfo ante monstruos económicos, pero esto recién empieza de nuevo”, aclaró. “Yo creo que el estado provincial va a brindar la información y veremos en qué grado se han preocupado por esta problemática, pero uno se pregunta por qué tanto celo en darnosla.”
Finalmente, Luciano se comprometió a hacer pública la información que deberá facilitar el gobierno provincial en el plazo de 30 días.