Exigimos que el cargo de Director Departamental de Escuelas sea por Concurso

El artículo 36 de la Constitución Provincial de Entre Ríos establece que “la ley determinará las condiciones para los ingresos y ascensos y establecerá los funcionarios políticos sin estabilidad que podrán ser designados sin concurso. No podrán incluirse entre éstos los cargos de directores de hospitales y directores departamentales de escuelas”.

El congreso de AGMER, de manera reiterada, ha elevado en su pliego de exigencias y reivindicaciones que este cargo sea por Concurso, sin designaciones políticas por parte de los funcionarios de turno.

Por lo tanto, rechazamos la designación por decreto o designación directa de la nueva Directora Departamental de Escuelas porque no cumple con un criterio de carrera docente, desconoce los reclamos del congreso de AGMER y viola el artículo 36 de la Constitución de Entre Ríos.

Una vez más, exigimos a la patronal que el cargo de Director Departamental de Escuelas sea por Concurso en Concordia y en todos los departamentos de la Provincia.

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