martes 14 de octubre de 2025

-

Director: Claudio Gastaldi

RegistrarmeNewsletter
Filter by Categorías
Ambiente
América Latina
Colonia Ayuí
Concordia
Coronavirus
Covid-19
Derechos Humanos
Diamante
Dictadura
Dos Orillas
Economía
Educaciòn
El país
Federal
Información general
Informes Especiales
Iosper vs Femer
Judiciales
Juicio Político
Legisaltura
Legislativas
Ley de Etiquetado
Los Charrúas
Mundo
Municipios
Colonia Ayuí
Diamante
Estancia Grande
La Criolla
Los Charrúas
Puerto Yeruá
Nacionales
Opinión
Opinion
Opinion Guilermo Luciano
Opinión: Claudio Gastaldi
Opinión: Guillermo Luciano
Policiales
Política
Provincial
Puerto Yeruá
Salud
Sin categoría
Sociedad
Violencia Laboral

Exhortan al Ejecutivo a emplazar a ALL a instalar barreras en los pasos a nivel

La nota, además, exige que el municipio implemente el mantenimeitno y limpieza de maleza y pastizales próximos a las vías del ferrocarril inmediatos a cada “paso a nivel” de la ciudad.
Entre los antecedentes que se citan para fundamentar el proyecto de ordenanza, se señalan “la pérdida de una vida, hace sólo un mes; la de Carlos Nuñez, nuetros compañero, o el milagro del día 27/03/2005 (donde una familia se salvó gracias a la divina intervención)”. Ambos hechos sucedieron en el mismo lugar. El paso a nivel de Monseñor Tavella (sin señalización, sin barreras, sin adecuada limpieza ni mantenimeinto de los pastizales).
En los considerandos se consigna que “se ha convertido en un hecho casi cotidiano los accidentes que ocurren en los pasos a nivel de nuestra ciudad”.
Lo cierto es “que la ciudadanía requiere nuestra intervención y –por nuestro intermedio- la del Departamento Ejecutivo Municipal, para que se atienda este estado de “extermo riesgo” al que se exponen nuestros vecinos cada vez que intentan cruzar alguna de las tantas vías ferroviarias que atraviesan nuestra ciudad”.
“Que es responsabilidad ineludible velar por la seguridad en el tránsito por la ciudad” (peatonal y vehícular) y que es responsabilidad ineludible del municipio el mantenimeinto de calles y espacios verdes”, indicó.
Por último, la minuta expresa “que en el artículo 11º, Inc. 2º, quedan en claro las atribuciones y deberes de la municipalidad respecto a “Velar por la seguridad y comodidad pública” y que por el punto (d) de la Ley Nº 5693/75, las corporaciones podrán dictar ordenanza sobre dirección, pendientes, cruzamientos de ferrocarriles y medios de transporte y adoptar las medidas conducentes a evitar los peligros que ellos ofrecen”.

Entradas relacionadas

Deja el primer comentario