Exclusivo: nuevas revelaciones sobre el caso de la viuda y pensionada condenada por la justicia a pagar una suma millonaria

Entrevistado por la redacción de DIARIOJUNIO, el hijo de la docente contó que “Nos dijeron que si no lo hacíamos en un plazo de diez días nos iban a hacer una multa de 150 mil pesos más o menos. Era algo de 20 mil por tipo que relevaron y que de no cumplir nos harían el embargo preventivo del bien. Era un montón de plata. Para darte una idea el dólar estaba a 9 pesos. Fui a hablar junto con mi suegro con Satalia Méndez quién era el delegado por entonces y me dijo que, si le dábamos el alta, no había nada de qué preocuparse, que teníamos todo por ganar en el plano judicial, pero resultó nuestra sentencia de muerte.”

 “Judicialmente ustedes tienen todas las de ganar- me dijo Satalia Méndez- porque al haberle dado el alta temprano no le pueden reclamar nada en juicio. El Ministerio fue, hizo el relevamiento y usted cumplió con la obligación de darle el alta. Después lo que reclamen ellos judicialmente no tiene nada que ver con el Ministerio. Ellos tienen que probar y ustedes tienen todas las de ganar porque les dio el alta. Qué tienen que reclamar de qué si usted les dio el alta. Usted, para el Sistema de la Seguridad Social y el Ministerio de Trabajo, cumplió con la ley. Usted no fue ciego. Hubiera sido diferente si no hubiese cumplido y lo sancionaba el Ministerio. Ahí sí tienen herramientas ellos para decir: ¡Ah, encima vino una inspección del Ministerio donde relevó que nosotros estábamos todos no registrados y se le impuso una multa porque no cumplieron! Así, casi textual, fue lo que nos dijo”, afirma el hijo de la docente.

“Cuando le preguntamos por el juicio, porque sabíamos que se venía esa, nos dijo que con la prueba del acta y el alta ustedes van a estar beneficiados porque los que tienen que demostrar para atrás, eso que reclaman, son ellos. Ustedes se tienen que quedar tranquilos. Ustedes cumplieron con la norma.” contó Federico Odorisio que les explicó el ex delegado del Ministerio en Concordia.

“Cuando le pregunté de nuevo acerca de si en verdad eran ellos los que tenían que probar todo eso que reclamaban me dijo: – ¡Pero más vale!  ¡Cómo lo van a probar!… Se les va a hacer medio difícil, supongo. No sé qué pruebas pueden tener. La mejor prueba la tiene usted y es el acta y la resolución donde lo eximen de la multa. Más tienen para ganar ustedes que perder. Ustedes quédense tranquilos. Hubiese sido diferente si ustedes no les hubiesen dado el alta. Ahí tiene doble quilombo: un organismo de la Nación viene a hacer una inspección y encima no le dieron el alta. Le volvimos a preguntar si nos dejaba tranquilos entonces y él nos repitió: ¡Ustedes cumplieron!”

Sin embargo en su sentencia la jueza laboral (suplente en ese momento) de primera instancia, Melina Scattone, le da a la inspección del Ministerio fuerza de prueba y -sumado el alta en AFIP- no dio lugar a la carga probatoria aportada por la defensa durante el juicio. Tampoco contempló que los demandados fueran reconocidos con actividades laborales (docente y carpintero) totalmente ajenas a la industria de la construcción y que entre ellos había un probado lazo de parentesco.

“Ni los inspectores ni Satalia Méndez nos alertaron que no teníamos obligación de darles el alta si no éramos empresarios de la construcción. Nadie nos alertó que eso era una huida hacia adelante para un desenlace peor. Hicimos lo que nos exigieron y temiendo a las consecuencias de las que fuimos alertados. Pero me pregunto si la ignorancia de no saber habilita el derecho de esta gente a timarnos como lo está intentando hacer. Quiero creer en la justicia. Pienso que la justicia también está siendo víctima de un engaño.”

Necesitaban un empleador para hacer a la docente solidariamente responsable. Por eso el hijo mayor de la viuda fue corrido de la escena. Nunca es mencionado por la parte accionante y sólo aparece en los expedientes para acreditar que es pareja de la hija del carpintero y el padre de los tres nietos del mismo como manera de comprobar el lazo familiar -y no contractual- que sostenía la docente con su consuegro.

Una persona huye en fuga desesperada. El agresor agita algo en su mano y lanza amenazas a su perseguido. El fugitivo cruza la avenida y es atropellado por un auto. Y he aquí la cuestión: Algunos dirán que se joda, que murió por no saber cruzar la calle. Otros que el chofer del auto debió estar más atento para poder frenar a tiempo. Quizás muy pocos puedan entender la escena completa.

La pregunta que se hace el entrevistado es válida: ¿El no saber, el error, incluso un asesoramiento erróneo habilita un derecho?

Como una presa que va siendo acorralada la docente Mónica Muñoz y su familia fueron perseguidas hacia el medio de la avenida.

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