Evalúan requerir el certificado de libre deuda para transferir un inmueble

En la actualidad, para inscribir la venta de una propiedad se requiere no adeudar tasas municipales y además se debe estar al día con los impuestos provinciales. A ese requisito ahora el municipio podría agregar el certificado de libre deuda expedido por el Juzgado de Faltas. Por lo tanto, una simple multa de tránsito que no haya sido saldada, puede convertirse en una traba para hacer la venta. Otro ejemplo es una mejora del inmueble que no haya sido detectada y multada con una infracción.
Durante la reunión, los representantes de los Colegios expresaron que dicho sistema puede traer aparejado inconvenientes debido a que las personas que adeuden multas en los Juzgados de Faltas pueden optar por omitir la inscripción de la escritura en la municipalidad. Esto generará multas muy gravosas pero podría convertirse en un mecanismo evasivo que desactualizará el padrón fiscal del municipio.
Aunque no estaba completamente seguro, el presidente de la comisión de obras y servicios públicos, Mariano Giampaolo, sostuvo que un vendedor que suscriba un plan de pago no le será suficiente. “Entiendo que no alcanza con el plan de pago. Pero la verdad es que no estoy plenamente seguro”, añadió.
El concejal expresó que el proyecto –fue elaborado por el Ejecutivo- “requerirá la presencia de los departamentos competentes para ampliar los fundamentos”. Por lo tanto, el martes próximo habrá otra reunión con los secretarios de Gobierno y Control de Gestión, José Bechara y Alejandro Casañas, debido a que ambos firman el proyecto de ordenanza. Una vez realizado ese encuentro, la reforma del art.º 10 de la ordenanza Nº 14.508, que regula el funcionamiento del departamento Catastro, podría ser tratado en el Concejo Deliberante.
No obstante, Giampaolo aclaró que debe considerarse que el proyecto “está enmarcado en una serie de normativas destinadas a lograr el ordenamiento general del tránsito y consecuentemente con ello imponer las sanciones que dicten contra aquellos contribuyentes que evadan la normativa.”
Otro de los fundamentos de la iniciativa apunta a que los conductores “se vean obligados a abonar efectivamente las infracciones que cometan”. En ese sentido, el edil aclaró que no pudieron elaborar una normativa similar para autos y motos porque no hay registros municipales para esos rubros. El Registro de Propiedad Automotor es de índole nacional.

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