SENTENCIA PARTE DISPOSITIVA:
“declarar que Mario Alberto Yedro es responsable de hecho constitutivo del delito de usurpación cometido en perjuicio del Estado Provincial, según se le atribuye en autos, y en consecuencia condenarlo a la pena única (comprensiva de las dos) de 4 años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales, comprensiva de la impuesta en la sentencia Nº 93 de la Sala penal de Concordia, el 16 diciembre de 2005, cuya condicionalidad se revoca”.
ENTREVISTA : Agustín Gianini fiscal
“Yedro fue condenado por el delito de usurpación, a la pena de cuatro años y seis meses, pero esta pena es comprensiva a la pena anterior que él tuvo en 2005 por el delito de enriquecimiento ilícito, que era por tres años de cumplimiento condicional.
En esa misma sentencia la sala penal de concordia dispuso el decomiso de tres fracciones de campo ubicados en el departamento de Tala, luego que la sala considerara que Yedro no había podido acreditar los fondos con los cuales adquirió esas fracciones de campo”.
“Cuando el Fiscal de Estado se constituye con el oficial de justicia, una vez firme esa sentencia, para efectivizar la toma de posesión por parte de la Provincia de esas tres fracciones, Yedro se mantiene en esas tres fracciones y continúa usufructuando con animales, siembra, empleados, de manera oculta bajo una sociedad familiar”
El fiscal de Estado efectuó reiteradas intimaciones a Yedro, y Yedro hizo caso omiso.
“a raíz de eso el fiscal Rosquin de Tala inicia de oficio una actuación por el supuesto delito de usurpación, por despojo, por mantenimiento”.
“el verbo comisivo es el haberse mantenido en esas tres fracciones y ejerciendo actos como si fuese el titular de bienes que ya le pertenecían al Estado provincial”
“El desalojo se efectivizó por el juzgado de Tala hace aproximadamente un año y medio”.
“esta es una condena de cumplimiento efectivo, el tema es que seguramente la defensa va a ir en casación, entonces queda una instancia más, que sería ante el tribunal de Casación del STJ”.
“el tiempo que tiene la defensa para interponer el recurso de casación es de diez días hábiles”.
Por el delito de usurpación pedimos tres años de prisión, más el revocamiento de la condicionalidad de la pena anterior
Nosotros pedimos cinco años y el tribunal lo condeno por cuatro años y seis meses