De acuerdo a la sentencia conocida hoy en los Tribunales de Concordia, el Intendente de Estancia Grande fue encontrado culpable de violencia laboral sobre una de las empleadas del municipio (se resguarda su nombre por el principio de confidencialidad en causas de Violencia de Género), por el Juzgado Laboral Nº 3 de Concordia.
La causa, con el patrocinio de la Dra. Maria de los Ángeles Petit, se inició a fines de 2020, luego de un año de hechos calificados como acoso o Mobbing Laboral en el marco de una persecución política y personal contra una de las empleadas de planta permanente del municipio.
Según la denuncia que corrobora el fallo en primera instancia, «durante varios meses, el Intendente Goldin buscó que la empleada renunciara a su lugar de trabajo, no asignándole tareas, delegando tareas que no iban de acuerdo a su categoría de empleada administrativa y no entregándole elementos mínimos para realizar su labor, entre otras, y luego, incluyéndola en la lista de personal no esencial por razones no fundamentadas.»
La sentencia, admite la demanda y manda a resarcir a la víctima con una indemnización en dinero -20 mil pesos según dicta la sentencia-, disponiendo que deberá también asignarle tareas efectivas y acordes a la categoría administrativa, proveyendo de todos los elementos de trabajo necesarios para su cumplimiento.
El fallo también obliga al intendente Goldín y a todo el personal del municipio, ya sea de planta permanente o contratado, a recibir capacitación en materia de violencia en el ámbito laboral y prácticas discriminatorias fundadas en razón del género y otros motivos arbitrarios, de acuerdo a lo que determina la Ley Micaela.
La abogada Petit, quien patrocinó a la víctima, consultada sobre el tema expresó que “…nos sentimos muy conformes por la sentencia en general. El resarcimiento económico es mínimo, simbólico, porque el objeto de mi representada es, ante todo, dejar expuesta la conducta del Intendente.”
“Creo que el fallo marca un antes y un después para muchas autoridades que creen que por el solo hecho de serlo pueden disponer del trabajo de los agentes públicos, sin considerar sus antecedentes y su trayectoria laboral. Existen normas y procedimientos que hay que respetar y en este caso concreto se visualiza en todo el legajo judicial.”
“Desde quienes trabajamos estos temas es fundamental que la Jueza obligue en el fallo a la capacitación de todo el personal, incluyendo al Intendente y sus funcionarios, en la violencia de género y/o actos discriminatorios, y no lo deje librado a la voluntad política, sino que lo debe hacer en un plazo de tiempo estipulado.”
Goldín adelantó que apelará la sentencia
Conocido el fallo, el intendente Goldín de Estancia Grande, manifestó a este medio que ya están apelando el fallo y contó: “Ella es la nuera del ex intendente Lladós, esposa del hijo de este, quien era el tesorero y fue exonerado. Nosotros le iniciamos un sumario administrativo por todas las irregularidades ocurridas en la gestión de Lladós de la que ella era parte. Nosotros le hicimos el sumario por usar fondos municipales para beneficio personal, desde cambiar la batería, las cubiertas y hacerle el service al auto personal hasta comprar en el supermercado a nombre de la municipalidad. Para defenderse de ese sumario, inició esta demanda. Dice que yo la tenía sin hacer nada, que la tuve un mes sentada en Calabacilla sin tareas para que los compañeros se burlaran de ella. Todo un verso. No tiene pruebas de nada, sólo un par de testigos que repiten lo mismo. Pero el fallo nos permite continuar con el sumario administrativo que era lo que no quería ella. Lo único que hice fue trasladarla de Recursos Humanos a la administración de Agua Potable. Todo un circo para zafar del sumario administrativo. Yo no hago esas cosas de las que me acusa.»