El organismo explicó que, –una vez que el contribuyente presente la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del período 2005-, emitirá una constancia indicando que el contribuyente se encuentra comprendido en el beneficio y el período de vigencia del mismo, que servirá como medio de prueba para justificar la reducción de alícuota. Cumplidos estos pasos, el contribuyente confeccionará en adelante sus declaraciones juradas colocando directamente la alícuota del 3 %.
“Los potenciales beneficiarios de esta medida son la enorme mayoría de las explotaciones responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia. Ocurre que el gobierno tiene una firme política de premiar al buen pagador y acompañar el esfuerzo de los comerciantes en la medida que se mejore la recaudación”, explicó el directo de Impuestos, contador Jorge Zuttion, a cargo de la DGR.
Para el caso de las microempresas, los montos varían de acuerdo al sector al que pertenezcan: las agropecuarias tienen un tope de $ 270.000, industria y minería de $ 900.000, comercio de $ 1.800.000 y servicios de $ 450.000.
Para los emprendimientos definidos como pequeña empresa, los montos máximos son de $ 1.800.000 (sector agropecuario), $ 5.400.000 (industria y minería), $ 10.800.000 (comercio) y $ 3.240.000 (servicios). Para la mediana empresa, tratándose de los mismos sectores, están previstos los siguientes topes: $ 10.800.000, $ 43.200.000, $ 86.400.000 y $ 21.600.000.
La medida había sido dispuesta por el artículo 52 de la Ley Nº 9.621, a continuación del artículo 168º del Código Fiscal (Texto Ordenado 2000) y reglamentada por el decreto Nº 9.182/2005 del Ministerio de Economía.
Las empresas prestadoras de servicios de electricidad, teléfono y gas natural, aún cuando no encuadren en los parámetros económicos accederán al beneficio en tanto acrediten que trasladan la baja del impuesto a sus usuarios, por ejemplo energía eléctrica y teléfonos.