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España establece cuarentena obligatoria para viajeros de Argentina, Colombia y Bolivia

Si bien la explosión de contagios de las últimas semanas se atenúa y la incidencia acumulada a siete días, por ejemplo, pasó de crecer alrededor del 5% diario a un ritmo del 1%, las autoridades españolas temen lo que pueda suceder en los próximos meses.

Por este motivo, el Boletín Oficial Español publicó hoy que el arribo de pasajeros de países con alta circulación del Covid-19 -Argentina, Bolivia, Colombia y Namibia- deberá cumplir con la nueva restricción de aislamiento social obligatorio en su llegada al territorio español.

Según informa el Ministerio de Sanidad, que sigue la evolución epidemiológica y crea un semáforo para clasificar a las distintas naciones, estos países se incorporan a la lista de más de 25 de fuera de la Unión Europa que tienen que hacer cuarentena si viajan a España.

De esta manera deberán permanecer en su domicilio o alojamiento declarado, debiendo limitar sus desplazamientos, así como los accesos de terceras personas al domicilio o alojamiento, a lo imprescindible, como la adquisición de alimentos o productos farmacéuticos y de primera necesidad.

En caso de que al séptimo día la persona que se realiza una prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo, la cuarentena podrá finalizar con anterioridad.

En concreto, la orden ministerial entrará en vigor desde las 0 del 27 de julio por un periodo inicial de catorce días naturales, pudiendo ser prorrogada de mantenerse las circunstancias que la motivan.

Según detalla el BOE, las pruebas admitidas serán la NAAT u otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes, así como los test de antígenos que tengan un rendimiento mínimo igual o superior al 90% de sensibilidad e igual o superior al 97% de especificidad, para demostrar resultados negativos y de esta manera acortar el aislamiento obligatorio al séptimo día.

Las autoridades españolas podrán contactar con los viajeros en cuarentena para realizar su seguimiento. Asimismo, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán realizar en cualquier momento las comprobaciones oportunas sobre el cumplimiento de las condiciones de cuarentena establecidas en esta orden.

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