En respuesta al fallo, se nos informó que se interpuso en Paraná un recurso extraordinario federal ante el STJ, el que deberá considerar si es admisible remitirlo a la Corte Suprema de Justicia para que analice si hubo perjuicio contra Juan Carlos Ibarrola, lo que ni siquiera se dio a lugar por parte del STJ, según entienden los abogados defensores. La defensa está dispuesta llevar la causa hasta la Convención Interamericana, de no obtener respuestas favorables en esta instancia.
Es de recordar que Juan Carlos Ibarrola fue el único imputado en el caso que entendió sobre el crimen de Alejandra Natalia Martínez, cuya desaparición fue denunciada el 12 de diciembre de 1998, siendo hallado su cuerpo sin vida el 14 de enero de 1999, en un predio de Colonia Freitas, cercano a Chajarí.
Ibarrola quedó en libertad . En abril de 2001 la Cámara de Concordia resolvió “absolver de culpa y cargo” al único imputado y ordenó su libertad inmediata.
Para cualquier observador atento, Ibarrola era un pobre hombre al que “le habían cargado un muerto”, en ese caso, su hijastra. Siempre se aseguró que detrás de ese asesinato había “hijos del poder” a quienes debían proteger, también que, de investigarse, el caso descubriría una red de tráfico de drogas prohibidas que podía complicar a más de uno. La prueba de que el cuestionado juez de instrucción de Chajarí carecía de elementos para mantener en prisión a Ibarrola, quedó demostrado en el juicio oral en el que el único procesado quedó libre de culpa y cargo.