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Entre Ríos podrá juzgar la venta y distribución de drogas

Los senadores resolvieron ratificar la primera sanción aprobada en la Cámara el 6 de octubre de 2004, y rechazar, de esa forma, las modificaciones introducidas por Diputados en mayo.
La norma autoriza la intervención de la Justicia ordinaria en este tipo de hechos, ya que antes, la responsabilidad recaía sólo en los jueces federales.
La norma, que salió sin las modificaciones realizadas por Diputados, fue sancionada por 35 votos a favor, dos en contra (el socialista Rubén Giustiniani y el Renovador salteño Ricardo Gómez Diez) y dos abstenciones, las del provincial cordobés Carlos Rossi y de Ricardo Bussi.
Los senadores insistieron, además, con el texto que plantea que los delitos que serán de órbita de la Justicia ordinaria son aquellos en los que se “comercie, entregue suministre o facilite estupefacientes fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor”.
En cambio, la redacción de Diputados dejaba una mayor amplitud en cuanto a las cantidades prevista como delito ya que hablaba “de escasa cantidad”. Respecto a las competencias, el texto de la Cámara Alta destacó que intervendrá “la Justicia federal cuando la causa tuviese conexidad subjetiva con otra sustanciada en dicho fuero”.

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