El titular de la cartera de Hacienda, Diego Valiero, anticipó en declaraciones a El Diario y reprodujo APF días atrás que el cálculo de ingresos y gastos para el próximo período será “un poco mayor al 2009, sólo un poco”.
El Artículo 175 inciso 8 de la Constitución provincial dispone que el Poder Ejecutivo deberá presentar el proyecto de ley de presupuesto general de la administración a la Legislatura, dentro de los ocho meses de iniciadas las sesiones ordinarias.
Asimismo, el inciso 13 del Artículo 122 de la Carta Magna provincial, establece que deberán formar parte de la cuenta de inversión y ser incluido en el presupuesto general “la totalidad de los recursos provinciales que sean administrados por cualquier entidad, dirección, comisión, junta, delegación o fideicomiso, incluso aquellos que sean compartidos con otras jurisdicciones en la parte correspondiente”.
El inciso 8 del Artículo 122 prescribe que es atribución de la Legislatura “fijar el presupuesto de gastos y cálculo de recursos. La ley de presupuesto será la base a que debe sujetarse todo gasto de la administración general de la provincia y en ella deberán figurar todos los ingresos y egresos ordinarios y extraordinarios de la administración, aun cuando hayan sido autorizados por leyes especiales”.
“Si los recursos para cumplir estas leyes no se incluyeran en la de presupuesto, se considerarán derogadas, si no hubiesen tenido principio de ejecución y suspendidas si lo hubiesen tenido”, agrega el apartado.
Además, sentencia que “en ningún caso” la Legislatura podrá “aumentar el monto de las partidas del cálculo de recursos presentado por el Poder Ejecutivo, ni autorizar por la ley de presupuesto una suma de gastos mayor que la de recursos, salvo el derecho del Poder Legislativo de crear nuevos impuestos o aumentar las tasas”.
“El número de puestos y el monto de los sueldos proyectados por el Poder Ejecutivo en la ley de presupuesto, no podrán ser aumentados en ésta y dichos aumentos sólo se harán por medio de proyectos de ley que seguirán la tramitación ordinaria”, apunta el inciso 9.