Pasó el tiempo, aparecieron nuevas sugerencias y la concejal volvió a redactar el proyecto, borrando los pasajes más controversiales y estableciendo programas de castración gratuitos. Pero las protectoras de animales no están conformes y piden una ordenanza que describa cuáles son las responsabilidades del Estado en la salud y atención de los animales.
Los artículos 12, 13 y 14 de la norma que se aprobó ayer versan sobre el traslado de los animales por la vía pública, una laguna para la que los ciudadanos hace años piden reglamentación. Cuando entre en vigencia la ordenanza sancionada ayer, cuando el vecino saque a pasear el perro deberá salir con pala y bolsa, para juntar los excrementos que éste pueda hacer en la vereda, en jardines o plazas. “En caso de producirse deyecciones en la vía pública, los responsables de los animales están obligados a limpiar el lugar inmediatamente”, dice el artículo 14. En realidad la necesidad de regular este aspecto de la vida social ya se había visto en la anterior gestión. En 2002, la ex concejal Estela Almirón presentó un proyecto para obligar a quienes sacaran al perro a hacer sus necesidades a la calle a juntar lo que el animal dejara, tanto en la vereda como en espacios verdes. Y además autorizaba a los placeros a labrar actas de infracción. Pero la iniciativa no prosperó.
Por otro lado, la nueva ordenanza fija que el dueño deberá trasladar el animal por la calle con collar y correa, “e irán provistos de bozal”, completa el artículo 12. Por otro lado, no se podrá llevar a la mascota “a los lugares de juegos infantiles, plazas y/o areneros”.
SALUD
La norma, en su artículo 8, establece que “para el control sanitario se realizarán tareas de prevención y atención de enfermedades de animales provenientes de las zonas periféricas”. También instituye “un servicio de urgencias veterinarias para los animales accidentados o caídos en la vía pública”. Dispone asimismo, como “único medio de controlar la sobrepoblación de animales, los programas de castración implementados por el Municipio, que tendrán carácter de masivos, sistemáticos, sostenidos en el tiempo, tempranos (antes del primer celo) y extendidos”, con lo que deberán realizarse tanto en la sede de la Veterinaria municipal como en distintos puntos de la ciudad. Se subraya que estos operativos serán “gratuitos”.
Otro renglón relacionado con la salud de los animales, es el que obliga a vacunar “a todos los animales domésticos de compañía contra la rabia y las enfermedades que consideren necesario prevenir las autoridades sanitarias competentes”.
La norma también tiende a que los dueños registren sus animales en la Veterinaria municipal o en veterinarias privadas. En este acto, el organismo que registre facilitará la cartilla sanitaria.
Mediante esta ordenanza, el Municipio adhiere a la ley nacional 14.346 de protección animal, que prohibe causar su muerte, abandonarlos en viviendas deshabitadas o en la vía pública, vender animales vivos de manera ambulante, maltratarlos, organizar peleas de animales, no alimentarlos, venderlos u ofrecerlos a laboratorios. Además, los animales no podrán estar permanentemente atados y en caso de estarlo, la sujeción deberá permitirles libertad de movimientos.