Carlín fue más allá y opinó que “obtener un elemento probatorio de una velocidad que tiene impresa un rodado, no es en sí mismo censurable”, pero consideró que lo reprochable es “cuando se utiliza como único elemento, sin identificación del conductor”. Además, el vocal sostuvo que “los controles en rutas provinciales y nacionales deben hacerlo la Policía de la Provincia y no los municipios”, puesto que destacó: “El municipio no lo puede hacer, sino la Policía, ya que en un accidente grave no podría hacerse cargo de indemnizaciones”.
Además explicó que “cuando se comente un delito hay una persona que es el autor de ese hecho; cuando se comete una infracción hay una persona que es autor también de ese hecho”, para luego especificar que “de tal manera que no pueden atribuirle el delito a una cosa que es inanimada, como un rodado o un vehículo”. También advirtió que se debe privilegiar la prevención de accidentes sobre la recaudación.
El sistema generó encendidas polémicas cuando fue utilizado en algunos municipios, puesto que la aplicación por parte de aquéllos fue muy cuestionada por la jurisdicción de aplicación, ya que muchas veces se realizaba sobre rutas provinciales o nacionales. En este punto, Carlín evaluó que la Policía deberá instrumentar el sistema de acuerdo a la legislación vigente, que prescribe el inicio de actividades para prevenir accidentes, y no incurrir en una mera intención recaudadora como sí lo hicieron en su momento las municipalidades que fueron cuestionadas jurídicamente.
Validez
El vocal indicó que “la multa solamente tendrá validez, siempre y cuando el conductor que infringió la ley, sea notificado de la sanción, que deberá firmar”.
A través de este sistema, se toma una foto del infractor en la que consta la falta y los detalles del vehículo. En los artículos 7 y 8 del decreto se autoriza el gasto y correspondiente llamado a licitación para la compra de los implementos necesarios para ponerlo en marcha y ordena a la Policía que en la “brevedad posible” se implemente una licencia de conducir tipo en toda la provincia.
Se crea también dentro de la fuerza la Dirección de Prevención y Seguridad Vial, que tendrá a su cargo la prevención de accidentes y el control de los accidentes de tránsito, para lo cual se le otorga jurisdicción sobre los puestos camineros de la Policía provincial.
El decreto además impone como responsabilidad a la Dirección Provincial de Vialidad que, en el plazo de 60 días, realice una “adecuada señalización vertical y horizontal de todas las rutas y caminos de la provincia”, conforme a la normativa nacional.