En los considerando de la norma se habla –entre otras cosas- de “aquellos agentes que se presentan a trabajar en condiciones indignas de la consideración y confianza que su condición de agente publico exige (…) lo que conlleva a resentir la prestación de servicios con eficacia y dedicación”.
En tanto, el articulado del proyecto, contempla la realización de estos controles solo en aquellos días laborales, la posibilidad de solicitar un control si se produce un accidente que involucre a empleados comunales o la supervisión del mismo por parte de un delegado de la entidad gremial municipal.
De hallarse niveles importantes de alcohol en los sujetos testeados, las sanciones irían desde la reubicación del personal, la suspensión de todo adicional o el inicio de un sumario administrativo.
Asimismo, se menciona la creación de un Grupo de Consejeria y Contención Municipal, integrado por profesionales para atender los casos de adicción a la bebida en la orbita municipal. Los agentes podrían acudir voluntariamente al mismo, así como seria atribución del Municipio la derivación de algún empleado al mencionado grupo.