Cabe recordar que todo se remite a la renuncia, el 9 de junio pasado, de Esteban Pezzini como viceintendente y presidente del HCD. Tras ser aceptada la dimisión por parte del cuerpo legislativo municipal, asumió, tal como lo indica la ley, el vicepresidente primero del cuerpo como presidente del Concejo Deliberante, en este caso Marcelo Borghesan (Cambiemos). A partir de esta situación, Cambiemos se dirigió a la Junta Electoral local, que dictaminó en forma negativa al planteo de incorporar un edil, aunque en su fallo reconoció que la Ley 10.027 de Régimen Municipal en Entre Ríos no reglamenta expresamente el procedimiento a seguir para el caso de vacancia del Vicepresidente municipal.
La decisión del Tribunal Electoral
Según la resolución a la que accedió Tal Cual Chajarí, el Tribunal provincial dice “Que al analizar la cuestión planteada comparte este Honorable Tribunal lo expuesto por la Junta Electoral Municipal, respecto de su interpretación del art. 74 de la Ley 10.027 el cual expresa cuando por renuncia, exoneración, incapacidad o fallecimiento quedare vacante un cargo de concejal, el Presidente del respectivo concejo lo hará saber por escrito dentro de los ocho (8) días de producida la vacancia a la Junta Electoral correspondiente la que dentro de igual término expedirá diploma al suplente que deba reemplazarlo”.
Plantea claramente que, tal lo expresado por la apelación, se designaría un suplente y “no solo alteraría el número de concejales que establece el art. 81 de la ley 10027 para poblaciones como las de Chajarí, sino que se excedería los términos de los cargos electivos que se sometieron a elección atento a la convocatoria del Poder Ejecutivo provincial por lo que se convocó a cubrir once cargos de concejales titulares en 2015.
Otro de los puntos atacados por la presentación de Cambiemos era que la vacancia del viceintendente no fue reglamentado por la Ley orgánica de Municipio, sobre lo que consideró: “Recurriendo a la aplicación analógica del régimen de la cámara de Senadores de la Nación, para el caso de vacancia del Vicepresidente de la nación. Entiende este tribunal que esta solución permite mantener la representación partidaria que arroja el resultado de los comicios y proporciones de mayoría respetando de esta manera la voluntad popular”.
Vacío
Como informó este jueves Recintonet, la diputada Lena ingresó semanas atrás un proyecto de ley en la Cámara Baja para cubrir el “vacío legal” para el caso de renuncia, exoneración, incapacidad o fallecimiento del Vicepresidente Municipal, atento a la situación que se originó en Chajarí. Un proyecto sobre la misma temática presentó hace unos días el senador Pablo Canali (FpV-Colón). (Recintonet)