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Emprendedores culturales exentos de presentar declaraciones mensuales en ATER

A principios de este año la Administradora Tributaria de Entre Ríos derogó la obligatoriedad de presentar declaraciones juradas (DDJJ) mensuales para quienes resulten comprendidos en los incisos v) y d) del Código Fiscal vigente. Se trata de actividades que se hallan exentas del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que debían presentar en declaraciones juradas en forma mensual.

Entre las actividades comprendidas en esos incisos se encuentran “los ingresos obtenidos por el desempeño de actividades didácticas o pedagógicas, culturales o artísticas y los de artesanos feriantes, provenientes de las ventas de sus propios productos artesanales, realizadas en forma individual y directa por personas físicas, no organizadas como empresa. Este beneficio no alcanza a las actividades de intermediación, producción, organización, representación y demás figuras similares de quienes realizan las manifestaciones culturales”.

En todos los casos la presentación se deberá formular usando el Sistema Declarativo Tributario de Entre Ríos (Sideter), para allí volcar los datos informativos sobre la actividad anual de cada contribuyente.

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