El decreto también precisa que “es criterio de este Poder Ejecutivo que en la materialización de tales aportes prime la equidad en la distribución” y se advierte que los partidos deberán rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la provincia.
En ese marco, se expresa que “el monto de los aportes otorgados se realizará proporcionalmente a las categorías de cargos y circuitos electorales donde compitan electoralmente las fuerzas políticas que hayan oficializado sus candidatos por ante el Tribunal Electoral de la provincia, lo que surge, junto con el monto total a otorgar, de la planilla que como anexo forma parte del presente decreto”.
Dentro de los considerando del Decreto Nº 437, se precisa que “al establecerse las elecciones en dicha fecha (18 de marzo de 2007), se ha producido el desdoblamiento de las elecciones provinciales respecto de las nacionales”, y que “como consecuencia de ello, las fuerzas políticas que participan de la contienda electoral en las distintas categorías y cargos que se eligen han solicitando aportes que les permita afrontar los gastos del acto comicial”.
“En este sentido, se han recibido notas de los apoderados de la Unión Cívica Radical, del Frente Justicialista para la Victoria, del Frente para la Victoria y la Justicia Social y de Recrear – Pro”, y se advierte que “dicha necesidad se debe hacer extensiva a las demás fuerzas políticas habilitadas del distrito e inscriptas para participar de la elección general provincial”.
Por lo cual, “se ha solicitado al Tribunal Electoral provincial que informe el número total de fuerzas políticas reconocidas oficialmente que participan en las elecciones generales del próximo 18 de marzo, en cada circuito electoral y para cada categoría de cargos”.
Así, los criterios adoptados para la distribución de aportes son “las categorías de cargos y los distritos en los cuales los distintos partidos políticos presentan sus candidatos en las elecciones del 18 de marzo”.
De este modo, “recibirán un mayor aporte aquellas fuerzas políticas que presenten candidatos en todas las categorías de cargos que se disputan y en todos los circuitos electorales de la provincia, reduciéndose el mismo proporcionalmente, respecto de aquellas otras fuerzas vecinales o municipales o que sólo disputen los comicios en alguno o algunos circuitos electorales”.
Beneficio para autoridades de mesa
Por otro lado, el Ejecutivo provincial autorizó, mediante Decreto 316, “a no concurrir a sus lugares de trabajo el día 19 de marzo de 2007 a los agentes dependientes del Estado provincial que se hayan desempeñado como autoridades de mesa en el acto comicial que se realizará el 18 de marzo”.
Dicha inasistencia, estará “justificada a los fines de la liquidación y pago de los adicionales particulares”. Sin embargo, el decreto advierte que “la condición de autoridad de mesa se acreditará mediante el documento de notificación remitido por la Secretaría Electoral de la provincia al cual deberá anexarse el Acta de Cierre de Escrutinio con la firma correspondiente”.
Con esto, “la inasistencia no tendrá efecto sobre los conceptos y/o bonificaciones del personal alcanzado por el presente decreto”.