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El STJER estableció la Competencia de los Juzgados Correccionales de Paraná y La Paz

El STJ aprobó la adecuación de competencias propuesta por la Sala Nº 1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJ para los juzgados Correccionales de Paraná y La Paz. Fue en su Reunión de Acuerdo General Nº 06/13 del 19 de marzo de 2013.

Se modificó el Acuerdo Especial del 12 de julio de 2000, y se estableció que a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, los Juzgados Correccionales de la ciudad de Paraná y La Paz, deberán entender y juzgar en instancia única y de modo unipersonal en todos los delitos que la ley reprima con pena que en abstracto no exceda los diez (10) años de prisión, aunque el imputado sea reincidente.

Se exceptúan los delitos comprendidos en el Título XI del Código Penal, cuando la pena en abstracto del delito imputado supere los cinco (5) años de prisión, en los cuales deberá intervenir la Sala respectiva de la Cámara Penal de Paraná.

Asimismo se dispuso que las Salas I y II de la Cámara Penal de Paraná, remitan en igual cantidad los procesos en trámite a los Juzgados Correccionales Nº 1 y Nº 2 de Paraná y de La Paz, según corresponda la competencia territorial, para la radicación, tratamiento y juzgamiento de todas las causas que se encuadren en esta disposición.

También se estableció que la entrada en vigencia del presente Acuerdo sea a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

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