El proyecto intenta establecer un nuevo trato para los menores de edad hasta los 14 años que hayan cometido delitos sancionados en el régimen de mayores con penas mínimas de entre dos y tres años de prisión.
La intención de la Ley es dejar fuera de la responsabilidad penal a las personas que, al momento de cometer el delito que se les impute, no alcancen la edad de catorce años.
En tanto, para aquellos que tengan entre 14 y 15 años se los sancionará si cometen delitos cuya pena mínima privativa de la libertad sea superior a tres años.
En el caso de los menores de entre 16 y 17 años, serán punibles sólo si cometen delitos penados con una pena mínima de prisión superior a los dos años.
De todos modos, el nuevo régimen establece que la reclusión del menor es el último recurso de las sanciones.
En orden ascendente figuran el pedido de disculpas personales ante la víctima; la reparación del daño causado, la prestación de servicios a la comunidad, la supervisión y orientación, la inhabilitación, la privación de la libertad durante el fin de semana o tiempo libre, la privación de libertad en domicilio y la privación en libertad en un centro especializado.