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El Senado comienza a debatir en comisión la figura del femicidio

En tanto, y a partir de la nueva redacción -que define al femicidio como un crimen hacia “una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”- incorpora además como causales “placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.

A través de la iniciativa, se suma también el propósito de “causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación” conyugal.

Asimismo, entre otras cuestiones, el texto agrega que “cuando mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de 8 a 25 años” aunque no será aplicable “a quien en una ocasión anterior hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima”.

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